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Resolución de 4 de junio de 2021, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares.

BOE-A-2021-9348·5 de junio de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 4 de junio de 2021 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas marcas y tipos de productos de tabaco que se comercializan en las Expendedurías de Tabaco y Timbre ubicadas en la Península Ibérica e Islas Baleares. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre (estanqueros) en la Península y Baleares, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en dicha área geográfica. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de los PVP: Se fijan los precios específicos para cada labor de tabaco mencionada en la resolución, incluyendo todos los impuestos aplicables. Estos precios son los que deberán aplicar los estanqueros en la Península y Baleares. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, que regula el mercado de tabacos y la normativa tributaria relacionada. Esto le da validez legal a la fijación y publicación de los precios. En resumen, la resolución es un instrumento legal que actualiza los precios de venta al público de ciertos productos de tabaco en los estancos de la Península y Baleares, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente en el mercado del tabaco.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los PVP de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de junio de 2021.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.