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Resolución de 4 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del año 2020 del VII Convenio colectivo de Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa, Trípode, SA y G-3 Servicios y Asesoramiento, SA.

BOE-A-2020-6287·17 de junio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación de las tablas salariales para el año 2020 del VII Convenio Colectivo que afecta a las empresas Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa (UNIDE), Trípode, S.A., y G-3 Servicios y Asesoramiento, S.A. A quién afecta: Principalmente, a los trabajadores y las empresas mencionadas, así como a las organizaciones sindicales CCOO y UGT que representan a los trabajadores en la negociación colectiva. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Trabajo aprueba el acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo y ordena su inscripción en el registro correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Actualización Salarial: Se establece un incremento salarial del 1,3% sobre los salarios base de grupo, DSB-1998, CPB-1999, CPB 13 y complementos de los artículos 21 y 23 del convenio colectivo. Mandato de Registro: Se designa a Alain Simon Sotes y Jorge Gómez Adán para realizar los trámites administrativos necesarios para el registro de las tablas salariales. Tablas Salariales 2020: El documento incluye las tablas salariales actualizadas para el año 2020, reflejando el incremento del 1,3% acordado. (Las tablas salariales en sí no están incluidas en el extracto proporcionado, pero se entiende que forman parte del documento completo). En resumen, la resolución oficializa el acuerdo entre la empresa y los sindicatos sobre la actualización salarial para el año 2020, garantizando su aplicación y conocimiento público a través de su publicación en el BOE.

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a las tablas salariales del año 2020 del VII Convenio colectivo para las empresas Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa –UNIDE–, Trípode, S.A., y G-3 Servicios y Asesoramiento, S.A. (Código de convenio 90012283012000), que fue suscrito con fecha 31 de enero de 2020, de una parte por los designados por la Dirección de dichas empresas, en representación de las mismas, y de otra por las organizaciones sindicales CCOO y UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de junio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE UNIÓN DE DETALLISTAS ESPAÑOLES, SOCIEDAD COOPERATIVA, TRÍPODE, SA, Y G-3 SERVICIOS Y ASESORAMIENTO, SA

En Madrid, a 31 de enero de 2020, previa convocatoria al efecto, siendo las 14:00 horas, se reúne la Comisión Mixta del VII Convenio Colectivo de Unión de Detallistas Españoles, Sociedad Cooperativa, Trípode S.A y G-3 Servicios y Asesoramiento S.A, junto con sus asesores, cuyos nombres se relacionan en el margen izquierdo del presente Acta.

Por dirección de las empresas:

Don Celso López.

Doña Aurora Muñoz.

Don Jorge Gómez Adán. (A)

Por CC.OO.:

Don Agapito Hernández.

Don Enrique Guio.

Don Juan Moreno.

Doña Carolina Domínguez.

Don Rolando Cano (A).

Por UGT:

Don Óscar Spinola.

Don Julio Peña.

Don Horacio Pozo.

Don Javier Velasco.

Don Rocío Baillo.

Abierta la sesión, las partes proceden a abordar el único punto del orden del día previamente fijado. Esto es:

– Actualización de las tablas salariales 2020, en aplicación del incremento salarial previsto en el artículo 20 del Convenio Colectivo de aplicación.

Concretamente, las partes proceden en cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 del Convenio Colectivo a aplicar un incremento del 1,3% sobre los salarios base de grupo, DSB-1998, CPB-1999, CPB 13 y complementos de los artículos 21 y 23.

Conforme a lo anteriormente indicado, las tablas salariales del Convenio Colectivo para el año 2020 resultan ser:

Las partes acuerdan mandatar a don Alain Simon Sotes así como a don Jorge Gómez Adán al objeto de realizar los registros administrativos oportunos.

No habiendo más asuntos que tratar las partes proceden a firmar la presente acta como reflejo del contenido de la reunión mantenida.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.