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Resolución de 4 de febrero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica la renovación del Convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la edición de la publicación "Leyes Tributarias. Legislación Básica (29ª edición)".

BOE-A-2018-1713·8 de febrero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Función Pública que publica la renovación de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). El objeto principal del Convenio es la edición de la publicación "Leyes Tributarias. Legislación Básica", específicamente su 29ª edición. El convenio original establece los términos de colaboración para la producción y distribución de esta obra, que recopila la legislación tributaria fundamental. Esta renovación asegura la continuidad de esta publicación. El convenio afecta directamente al Ministerio de Hacienda y Función Pública y a la AEAT, ya que son las partes que colaboran en la edición de la obra. Indirectamente, afecta a todos los profesionales y ciudadanos que utilizan la publicación "Leyes Tributarias. Legislación Básica" como herramienta de consulta y estudio de la normativa tributaria. Las disposiciones más relevantes son: Renovación del Convenio: Se formaliza la renovación del convenio existente para la edición de la 29ª edición de la publicación, manteniendo los mismos términos y condiciones del convenio original. Vigencia: El convenio renovado tiene una vigencia desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018. Se establece la posibilidad de renovación anual, sujeta a la conformidad de ambas partes, con un límite máximo de prórroga de 4 años desde la entrada en vigor de la Ley 40/2015. Firma: El documento de renovación es firmado por el Subsecretario del Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Presidente de la AEAT, quienes actúan en representación de sus respectivas instituciones. Publicación: La resolución ordena la publicación de la renovación del convenio en cumplimiento de la Ley 40/2015, asegurando su transparencia y conocimiento público.

El Subsecretario de Hacienda y Función Pública y el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria han suscrito, con fecha 14 diciembre de 2017, la renovación del Convenio de colaboración para la edición de la publicación «Leyes Tributarias. Legislación básica (29ª edición)», en virtud de lo recogido en la cláusula quinta del vigente Convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda (actual Ministerio de Hacienda y Función Pública) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la edición de la obra Leyes Tributarias, que prevé la renovación anual previa conformidad expresa de las parte

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación de la referida renovación del Convenio de colaboración, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 4 de febrero de 2018.–El Subsecretario de Hacienda y Función Pública, Felipe Vicente Martínez Rico.

ANEXO

Renovación del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda (actual Ministerio de Hacienda y Función Pública) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la edición de la publicación «Leyes Tributarias. Legislación Básica (29ª edición)»

INTERVIENEN

De una parte: Don José Enrique Fernández de Moya Romero, Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en nombre y representación de la Agencia Tributaria, facultado para la suscripción del presente Convenio en virtud de su nombramiento mediante Real Decreto 435/2016, de 11 de noviembre.

De otra parte: Don Felipe Martínez Rico, Subsecretario del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en nombre y representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, facultado para la firma del presente Convenio en virtud de las competencias delegadas mediante Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, por la que se delegan competencias a favor de diversos órganos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

EXPONEN

La cláusula quinta del vigente Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda (actual Ministerio de Hacienda y Función Pública) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la edición de la obra «Leyes Tributarias. Legislación básica, 22ª Edición», prevé la renovación anual, previa conformidad expresa de las partes.

En base a la citada cláusula se formalizó la renovación del Convenio para la 28ª edición de la obra, «Leyes Tributarias. Legislación Básica», cuya vigencia expira el 31 de diciembre de 2017.

CLÁUSULAS

Primera. Renovación del Convenio.

Expresada la conformidad por ambas partes, y con informe favorable de la Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública y del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda renovado el actual Convenio, en sus mismos términos y condiciones, para la edición de la publicación «Leyes Tributarias. Legislación Básica (29ª Edición)».

Segunda. Vigencia del Convenio.

El plazo de vigencia del Convenio que se renueva será desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.

Podrá renovarse anualmente, previa conformidad expresa de las partes. Esta renovación deberá formalizarse con carácter previo al vencimiento del plazo de vigencia. No obstante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 y D.A. Octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el plazo máximo por el que se podrá prorrogar el Convenio será de 4 años desde el 2 de octubre de 2016, fecha de entrada en vigor de la citada Ley.

Y, en prueba de conformidad, firman la presente renovación del Convenio, por duplicado ejemplar, en Madrid, a 14 de diciembre de 2017.–El Subsecretario del Ministerio de Hacienda y Función Pública, Felipe Martínez Rico.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, José Enrique Fernández de Moya Romero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.