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Resolución de 30 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga del VI Convenio colectivo de Telefónica Servicios Audiovisuales, SA.

BOE-A-2019-8762·12 de junio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Acuerdo de Prórroga del VI Convenio Colectivo de Telefónica Servicios Audiovisuales, S.A. Objeto Principal: El objeto principal del documento es dar validez legal y publicidad al acuerdo alcanzado entre la empresa Telefónica Servicios Audiovisuales, S.A. y la representación de sus trabajadores (Comité Intercentros) para prorrogar y modificar el VI Convenio Colectivo. A quién afecta: Afecta directamente a: Telefónica Servicios Audiovisuales, S.A.: La empresa está obligada a cumplir con los términos del convenio colectivo prorrogado y modificado. Los trabajadores de Telefónica Servicios Audiovisuales, S.A.: Sus condiciones laborales, salarios y derechos se rigen por el convenio colectivo prorrogado y modificado. Disposiciones más relevantes: Prórroga del Convenio: Se prorroga el VI Convenio Colectivo hasta el 31 de diciembre de 2019. Incremento Salarial: Se establece un incremento salarial del 1,5% para el año 2019, aplicable al salario base y a diversos complementos salariales (turnos, distribución irregular, puesto de trabajo, disponibilidad y responsabilidad). Este incremento tiene efectos retroactivos al 1 de enero de 2019 para salarios base y complementos, y al 1 de abril de 2019 para dietas y trabajos extraordinarios. Actualización de Tablas Salariales: Se actualizan las tablas salariales y las cuantías correspondientes a complementos, trabajos extraordinarios y dietas, detallando los nuevos importes para el año 2019. Mantenimiento del Resto del Articulado: Se especifica que el resto de las disposiciones del VI Convenio Colectivo se mantienen sin modificaciones. Facultad para el Registro:** Se designa a una persona para realizar los trámites de registro y publicación del acuerdo en el BOE.

Visto el texto del acuerdo de prórroga del VI Convenio colectivo de la empresa Telefónica Servicios Audiovisuales, S.A. (código de Convenio n.º 90013192012001), acuerdo suscrito con fecha 19.3.19, por la Comisión negociadora de dicho Convenio, en la que están integrados los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y los designados por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de mayo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE TELEFÓNICA SERVICIOS AUDIOVISUALES, SAU

En Madrid, siendo las 16 horas del día 19 de marzo de 2019, se reúnen los miembros de la Comisión Negociadora del VI Convenio de la Empresa, en el domicilio social de la Empresa sito en ronda de la Comunicación, s/n, CP 28050.

Por la dirección: doña Celia Torres García y doña Beatriz E. de San José Torija.–Por el comité intercentros: don Javier Harguindey Cid, don Luis Martínez Díaz, don Pedro Martín Morales, don Enrique Sacristán Alcubierre y don Ángel Moreno García.

Las partes, que conforman la Comisión Negociadora del VIII Convenio Colectivo, llegan a los siguientes acuerdos:

Primero.

Prorrogar el VI Convenio colectivo de Telefónica Servicios Audiovisuales, SAU hasta el 31 de diciembre de 2019.

Segundo.

Se acuerda un incremento salarial para el año 2019 del 1,5 %, que se aplicará a los salarios base y los siguientes conceptos salariales complementos de turnos, distribución irregular de la jornada, puesto de trabajo, disponibilidad y responsabilidad, con efecto del 1-01-2019.

Ese mismo incremento se aplicará a los conceptos de dietas y trabajos extraordinarios, en este caso con fecha de efectos del 1-04-2019.

Para el año 2019, la tabla salarial y demás cuantías relativas a complementos, trabajos extraordinarios y dietas, recogidos en el Anexo I del texto del Convenio, quedan como sigue:

Tabla salarial 2019

2019

Complemento de turnos: 3.079,02 anual.

Complemento de distribución irregular: 2.607,11 anual.

Complemento de disponibilidad: 2.919,06 anual.

Complemento de responsabilidad:

Supervisor: 6.951,56 anual.

Responsable de turno: 5.213,64 anual.

Jefe de Proyecto: 2.172,29 anual.

Responsable de eventos: 2.172,29 anual.

Coordinador: 6.517,20 anual.

Escala de retribución de los trabajos extraordinarios:

Trabajo extraordinario nivel 1: 23,79 día.

Trabajo extraordinario nivel 2: 47,57 día.

Trabajo extraordinario nivel 3: 63,42 día.

Trabajo extraordinario nivel 4: 79,29 día.

En prolongación de jornada:

1:00 horas a 3:00 horas = N1.

3:01 horas a 5:00 horas = N2.

5:01 horas a 6:00 horas = N3.

6:01 horas a 8:00 horas = N4.

8:01 horas a 11:00 horas: N4 + N1.

11:01 horas a 12:00 horas = N4 + N2.

En días libres:

1:00 horas a 3:00 horas: N2.

3:01 horas a 5:00 horas: N3.

5:01 horas a 8:00 horas: N4.

8:01 horas a 11:00 horas: N4 + N2.

Importe dietas:

Dieta completa diaria España: 36,30 día.

Media dieta diaria España: 18,16 día.

Resto U.E. diaria: 69,12 día.

Media dieta U.E. diaria: 34,89 día.

No U.E. diaria: 69,40 día.

Tercero.

El resto del articulado se mantiene en su redactado íntegro.

Cuarto.

Se acuerda facultar expresamente para el registro y tramitación de la presente acta para su publicación en el BOE a don Santiago Carrero Bosch.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión de esta comisión negociadora en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento, cuando son las 17:30 horas.–Por la empresa: Celia Torres García y Beatriz E. de San José Torija.–Por los representantes de los trabajadores: Javier Harguindey Cid, Luis Martínez Díaz, Pedro Martín Morales, Enrique Sacristán Alcubierre y Ángel Moreno García.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.