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Resolución de 30 de junio de 2020, de la Dirección General de Tráfico, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 181/2020, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta.

BOE-A-2020-7367·6 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen de la Resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) Este documento es una resolución administrativa emitida por la Dirección General de Tráfico (DGT) de España. Su objeto principal es emplazar (notificar públicamente) a todos aquellos que puedan tener un interés legítimo en el recurso contencioso-administrativo número 181/2020, interpuesto por el Grupo Logístico Arnedo S.L. contra la DGT. ¿A quién afecta? Afecta a cualquier persona física o jurídica que se considere perjudicada o tenga un interés directo en la resolución de la DGT de fecha 14 de enero de 2020, publicada en el BOE el 21 de enero de 2020. Esta resolución establecía medidas especiales de regulación del tráfico para el año 2020. En esencia, afecta a todos aquellos que puedan verse impactados por las regulaciones de tráfico establecidas en dicha resolución. Disposiciones Relevantes: Interposición del Recurso: Se informa que el Grupo Logístico Arnedo S.L. ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la DGT que establece las medidas especiales de regulación del tráfico para 2020. Admisión a Trámite: El recurso ha sido admitido a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta). Emplazamiento: Se emplaza a todos los interesados a comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un plazo de nueve días hábiles a partir de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El objetivo es que puedan defender sus intereses en el proceso judicial. Base Legal: La resolución se basa en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que permite la notificación pública a terceros interesados en un procedimiento judicial. En resumen, la DGT notifica públicamente la existencia de un recurso judicial contra una de sus resoluciones, invitando a cualquier persona o entidad afectada a participar en el proceso para defender sus intereses. El plazo para comparecer ante el tribunal es de nueve días hábiles a partir de la publicación de esta resolución.

Ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el Procurador don Juan Manuel Caloto Carpintero, en nombre y representación del Grupo Logístico Arnedo S.L., se ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2020, la cual fue publicada en el BOE de fecha 21 de enero pasado, que ha sido admitido a trámite por resolución dictada el día 27 de febrero de 2020 y figura registrado con el número 181/2020.

Lo que se hace público a efectos de notificación, a cuantos aparezcan interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» número 167), para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de la presente Resolución.

Madrid, 30 de junio de 2020.–El Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.