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Resolución de 30 de julio de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura, por la que se publica la propuesta de resolución provisional de las subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo para el año 2010, convocadas por Orden PRE/786/2010, de 24 de marzo.

BOE-A-2010-12525·4 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución provisional emitida por la Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura del Ministerio de la Presidencia de España. Su objeto principal es publicar la propuesta de resolución provisional de las subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la Guerra Civil y del franquismo para el año 2010, subvenciones previamente convocadas mediante la Orden PRE/786/2010. Esta resolución afecta a todas aquellas entidades y personas que solicitaron las subvenciones convocadas por la Orden PRE/786/2010. Las disposiciones más relevantes son: Publicación de la propuesta provisional: Se publica la relación de solicitantes a los que se propone conceder la subvención, la cuantía asignada, las condiciones y plazos de ejecución, la evaluación de los proyectos, las solicitudes desestimadas y los desistimientos. Consulta de la propuesta: Se indica que el contenido íntegro de la propuesta provisional está disponible en la página web del Ministerio de la Presidencia y en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno. Notificación a los interesados: La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sirve como notificación oficial a los interesados. Plazo para alegaciones: Se otorga un plazo de diez días hábiles a partir de la publicación en el BOE para que los interesados presenten alegaciones al Ministerio de la Presidencia. Reformulación de solicitudes: Se establece el procedimiento para aquellos solicitantes que deban reformular sus solicitudes, ajustando compromisos y condiciones a la subvención otorgable, respetando el objeto, condiciones y finalidad de la subvención. Documentación adicional: Se indica que las entidades requeridas a aportar documentación adicional deberán presentarla en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado. Resolución definitiva: Se informa que la resolución definitiva será notificada a los interesados y publicada en el BOE. No creación de derechos: Se aclara que la propuesta provisional no otorga ningún derecho hasta que se notifique la resolución definitiva de concesión.

Por Orden PRE/786/2010, de 24 de marzo, se establecieron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo para el año 2010.

Una vez evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en el artículo 11 de la citada Orden, la Comisión de Evaluación ha emitido con fecha 27 de julio de 2010 el informe al que se refiere su artículo 12.3.

A la vista del expediente y del citado informe, la Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura del Ministerio de la Presidencia ha formulado, con fecha 29 de julio de 2010, la propuesta de resolución provisional prevista en el artículo 12.4 de la Orden PRE 786/2010, de 24 de marzo.

Primero.–La propuesta de resolución provisional incluye la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, las condiciones y plazos de ejecución de cada proyecto y su evaluación. Además, incluye la relación de solicitudes desestimadas, con el motivo de desestimación, y los desistimientos que han tenido lugar.

Segundo.–El contenido íntegro de la propuesta de resolución provisional puede consultarse en el página web del Ministerio de la Presidencia, www.mpr.es, así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno.

Tercero.–Esta publicación en el Boletín Oficial del Estado constituye la notificación a los interesados prevista en el artículo 12.6 de la Orden PRE/786/2010, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo para el año 2010.

Cuarto.–Los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles desde esta publicación de la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado para presentar alegaciones, que deberán dirigirse a:

Ministerio de la Presidencia.

Complejo de la Moncloa.

INIA Sur - Despacho 146.

28071 Madrid.

Las alegaciones presentadas en plazo serán estudiadas por la Comisión de Evaluación, que elevará a la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia la propuesta de resolución definitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Orden PRE 786/2010, de 24 de marzo.

Quinto.–En los supuestos en los que los interesados deban reformular sus solicitudes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.8 de la Orden PRE786/2010, de 24 de marzo, durante el plazo de alegaciones deberán ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. La reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos, y obtener la conformidad de la Comisión de Evaluación.

Sexto.–Asimismo, las entidades requeridas a aportar documentación adicional en el anexo 1 de la propuesta de resolución provisional deberán presentar dicha documentación en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado.

Séptimo.–La resolución definitiva será notificada a los interesados y publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Octavo.–La presente propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno frente a la Administración a favor de los beneficiarios propuestos en la misma, mientras no se les haya notificado la resolución definitiva de concesión, según establece el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 30 de julio de 2010.–La Directora General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura, Manuela Herminia Salmerón Salto.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.