Visto el texto de las tablas salariales correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015 del Convenio colectivo, de ámbito estatal para los centros de educación universitaria e investigación (código de convenio núm. 99000995011982) que fueron suscritas, con fecha 15 de enero de 2015, de una parte, por las Asociaciones empresariales EyG y CECE, en representación de las empresas de sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales USO, CC.OO, FETE-UGT y FSIE, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de enero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA PARA LA REVISIÓN SALARIAL DE LOS AÑOS 2013, 2014 Y 2015 DEL XIII CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LOS CENTROS DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA E INVESTIGACIÓN
Asistentes
Por E y G: Don Iván Hodar, don Benjamín Estévez, doña Cristina Diago, don Juan Carlos Gortázar.
Por CECE: Doña Basilia Cuéllar, don Fernando Domingo, don Vidal Alonso, don Emilio Villardefrancos, don Manuel Lobo.
Por USO: Don Antonio Amate, don Carlos Quirós.
Por CCOO: Don José Antonio Rodríguez, doña Paloma Perona.
Por FETE UGT: Don Jesús Gualix, doña Patricia Gómez, don Juan Carlos Martínez.
Por FSIE: Doña Silvia Santos, doña Cristina Martínez, don José Antonio de Frutos.
Siendo las 12.00 h del día quince de enero de 2015, los asistentes anteriormente reseñados se reúnen en la sede de la Universidad Pontifica Comillas para, previa convocatoria al efecto, proceder a la constitución de la mesa negociadora del XIII Convenio Colectivo.
Todas las partes se reconocen legitimidad para formar parte de la mesa, según la representatividad acreditada en el acta de 25 de abril de 2008 de constitución de la mesa negociadora del XIII convenio colectivo de centros de educación universitaria e investigación. CIG no comparece, habiendo sido debidamente citada conforme a los procedimientos del convenio.
Por su parte la representatividad de la parte patronal viene determinada por los siguientes porcentajes: 50 % para E y G, y 50 % para CECE.
La convocatoria cursada para la constitución de la mesa negociadora tiene por objeto negociar y establecer las tablas salariales correspondientes a los ejercicios 2013, 2014 y 2015 que pasarán a integrar el apéndice de tablas salariales del convenio y que corresponderán a las jornadas que se indican en las mismas.
Abierta la sesión y tras las deliberaciones desarrolladas, se adoptaron por unanimidad de ambas representaciones presentes, los siguientes
ACUERDOS
Primero.
Constituir la Mesa para la revisión de las tablas salariales prevista en el XIII convenio colectivo citado.
Segundo.
Por unanimidad de las partes presentes se acuerda que la presidencia sea ostentada por don Fernando Domingo (CECE) y la Secretaría por José Antonio Rodríguez (CCOO).
Tercero.
Pactar un mantenimiento salarial para el ejercicio 2013, por lo que en consecuencia las tablas salariales para 2013 quedan del mismo tenor literal que las correspondientes al ejercicio 2012. Se procede en consecuencia a elaborar unas Tablas Salariales para 2013, que quedan unidas al presente acta y pasan a conformar el apéndice de tablas salariales del vigente XIII Convenio colectivo para los centros de educación universitaria e investigación.
Cuarto.
Pactar una subida del 0,2 % para el ejercicio 2014, procediendo en consecuencia a elaborar la correspondiente Tabla salarial implementando la referida subida salarial; tablas salariales de 2014 que quedan igualmente unidas al presente acta y pasan a conformar el apéndice de tablas salariales del vigente XIII Convenio colectivo para los centros de educación universitaria e investigación.
Quinto.
Asimismo pactar una revisión salarial del 0,6 % para el ejercicio 2015, que vendrá a implementarse sobre las tablas salariales del 2014 que han quedado conformadas según lo dispuesto en el «Acuerdo Segundo». Procede por tanto la elaboración de la tabla salarial para 2015, que quedan unidas al presente acta y pasan a conformar el apéndice de tablas salariales del vigente XIII Convenio colectivo para los centros de educación universitaria e investigación.
Sexto.
Los atrasos derivados en su caso de la aplicación de las tablas salariales del Convenio, se abonarán en el plazo máximo de noventa días a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en virtud de lo dispuesto en la disposición final tercera del Convenio colectivo.
Séptimo.
Los firmantes acuerdan delegar en la representación social, y más concretamente en la persona de doña Paloma Perona, de CCOO que ha ejercido la Secretaría de la presente negociación, la realización de los trámites necesarios para el registro y publicación de los presentes acuerdos.
Y, no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 13.00 h del día quince de enero de dos mil quince, extendiéndose el presente acta que, leída por todos los asistentes, es encontrada conforme, siendo firmada por todos ellos en prueba de aceptación en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
APÉNDICE TABLAS SALARIALES
Tablas salariales para el año 2013
* Ver disposición transitoria novena del convenio: desaparición de trienios y transformación en complemento personal.
Notas:
1. El importe de la gratificación por Jefe o Coordinador de Área, corresponde a la dedicación exclusiva. En caso de otras dedicaciones se establecerá proporcionalmente.
2. Complemento Especial por Actividad Docente. Para el año 2013 su importe será el siguiente:
– Escuelas Universitarias: 2,35 euros./hora.
– Facultades y Escuelas Técnicas Superiores:2,45 euros./hora.
3. Los actuales Ayudantes de Biblioteca y Programadores que no posean al menos título universitario de primer ciclo, quedan declarados a extinguir y equiparados en sueldo al Oficial 1.ª de Administración.
4. Acceso al mundo laboral y formación: Quienes se inician en la investigación en las categorías de Colaborador de Investigación y Ayudante de Investigación, percibirán el 75 % de las cantidades indicadas en las Tablas Salariales. Transcurridos 2 y 4 años, respectivamente, si continuasen prestando servicios al Centro, pasarán automáticamente a percibir el 100 % de la retribución establecida, computándose el tiempo de formación a todos los efectos.
Tablas salariales para el año 2014
* Ver disposición transitoria novena del convenio: desaparición de trienios y transformación en complemento personal.
** Ver disposición adicional décima, apartado IV.
Notas:
1. El importe de la gratificación por Jefe o Coordinador de Área, corresponde a la dedicación exclusiva. En caso de otras dedicaciones se establecerá proporcionalmente.
2. Complemento Especial por Actividad Docente. Para el año 2014 su importe será el siguiente:
– Escuelas Universitarias: 2,36 euros/hora.
– Facultades y Escuelas Técnicas Superiores: 2,46 euros/hora.
3. Los actuales Ayudantes de Biblioteca y Programadores que no posean al menos título universitario de primer ciclo, quedan declarados a extinguir y equiparados en sueldo al Oficial 1.ª de Administración.
4. Acceso al mundo laboral y formación: Quienes se inician en la investigación en las categorías de Colaborador de Investigación y Ayudante de Investigación, percibirán el 75 % de las cantidades indicadas en las Tablas Salariales. Transcurridos 2 y 4 años, respectivamente, si continuasen prestando servicios al Centro, pasarán automáticamente a percibir el 100 % de la retribución establecida, computándose el tiempo de formación a todos los efectos.
Tablas salariales para el año 2015
* Ver disposición transitoria novena del convenio: desaparición de trienios y transformación en complemento personal.
** Ver disposición adicional décima, apartado IV.
Notas:
1. El importe de la gratificación por Jefe o Coordinador de Área, corresponde a la dedicación exclusiva. En caso de otras dedicaciones se establecerá proporcionalmente.
2. Complemento Especial por Actividad Docente. Para el año 2015 su importe será el siguiente:
– Escuelas Universitarias: 2,37 euros/hora.
– Facultades y Escuelas Técnicas Superiores: 2,47 euros/hora.
3. Los actuales Ayudantes de Biblioteca y Programadores que no posean al menos título universitario de primer ciclo, quedan declarados a extinguir y equiparados en sueldo al Oficial 1.ª de Administración.
4. Acceso al mundo laboral y formación: Quienes se inician en la investigación en las categorías de Colaborador de Investigación y Ayudante de Investigación, percibirán el 75 % de las cantidades indicadas en las Tablas Salariales. Transcurridos 2 y 4 años, respectivamente, si continuasen prestando servicios al Centro, pasarán automáticamente a percibir el 100 % de la retribución establecida, computándose el tiempo de formación a todos los efectos.
Categoría
Sueldo
Trienio*
Valor hora extra
artículo 33
GRUPO I. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR
A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno
Rector
775,00
Vicerrector y Secretario General
681,05
Decano o Director
681,05
Vicedecano o Subdirector
547,40
Jefe de Estudios, Director Instituto Universitario
545,74
Jefe de Departamento
506,88
Secretario
467,78
B. Retribución del profesorado
Dedicación exclusiva:
Ordinario o Catedrático
2.354,07
Agregado o Titular
1.895,17
Adjunto
1.573,93
Contratado Doctor
1.573,93
Colaborador Licenciado
1.520,83
Ayudante Doctor
1.467,73
Auxiliar/Ayudante
1.414,64
Dedicación plena:
Ordinario o Catedrático
2.047,46
Agregado o Titular
1.627,07
Adjunto
1.376,23
Contratado Doctor
1.376,23
Colaborador Licenciado
1.320,04
Ayudante Doctor
1.264,25
Auxiliar/Ayudante
1.207,74
Dedicación semiplena:
Titular
1.177,16
Agregado
948,35
Adjunto
787,08
Auxiliar/Ayudante
707,41
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Ordinario o Catedrático
93,08
Agregado o Titular
77,67
Adjunto
65,94
Contratado Doctor
65,94
Colaborador Licenciado
63,33
Ayudante Doctor
60,71
Auxiliar/Ayudante
58,10
Asociado
58,10
Investigador
1.581,59
25,27
Colaborador de investigación
1.474,32
23,57
Ayudante de investigación
995,66
15,91
Dedicación exclusiva:
Titular
1.881,24
Contratado Doctor
1.320,25
Colaborador Licenciado
1.070,48
Colaborador Diplomado
1.016,95
Auxiliar/Ayudante
942,90
Dedicación plena:
Titular
1.231,50
Contratado Doctor
990,18
Colaborador Licenciado
785,21
Colaborador Diplomado
745,95
Auxiliar/Ayudante
708,57
Dedicación semiplena:
Titular
821,12
Agregado
660,10
Adjunto
535,35
Auxiliar/Ayudante
474,16
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Titular
32,06
Contratado Doctor
25,79
Colaborador Licenciado
20,81
Asociado
19,37
Auxiliar/Ayudante
18,55
Profesor Emérito
77,67
Profesor Visitante e Invitado
65,94
Profesores de las antiguas Escuelas Universitarias
A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno
Director
681,05
Subdirector
547,40
Jefe de Estudios
545,74
Jefe o Coordinador de Área
506,88
Secretario
467,78
B. Retribución del profesorado
Dedicación exclusiva:
Titular de Escuela Universitaria
2.095,30
Agregado de Escuela Universitaria
1.703,77
Adjunto de Escuela Universitaria
1.528,62
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
1.482,77
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
1.438,29
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
1.395,14
Dedicación plena:
Titular de Escuela Universitaria
1.784,31
Agregado de Escuela Universitaria
1.464,29
Adjunto de Escuela Universitaria
1.313,73
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
1.274,29
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
1.236,08
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
1.199,01
Dedicación semiplena:
Titular
1.036,49
Agregado
852,00
Adjunto
764,43
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Titular de Escuela Universitaria
77,67
Agregado de Escuela Universitaria
69,82
Adjunto de Escuela Universitaria
62,35
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
60,48
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
58,65
Asociado de Escuela Universitaria
60,77
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
56,89
GRUPO III. PERSONAL NO DOCENTE
Titulado de grado superior
1.536,07
24,67
Titulado de grado medio
1.375,51
22,09
a) Administración:
Jefe Superior
1.536,07
24,19
Jefe de Sección
1.065,51
21,66
Jefe de Negociado
1.065,51
18,79
Subjefe de Negociado
1.065,51
17,44
Oficial de primera
1.065,51
16,78
Oficial de segunda
985,62
15,53
Auxiliar
965,97
15,21
En formación
627,90
8,77
Complemento de cargo:
Jefe de Sección
309,97
Jefe de Negociado
138,27
Subjefe de Negociado
40,19
b) Tecnologías de Información y Telecomunicaciones (TIC):
Analista
1.536,07
24,19
Técnico de TIC
1.193,24
18,79
Operador
1.065,51
16,78
c) Biblioteca:
Bibliotecario/Facultativo
1.536,07
24,67
Ayudante de Biblioteca, titulado
1.193,25
19,17
Auxiliar de Biblioteca (a extinguir)
965,97
15,51
Encargado de servicios generales
1.193,25
19,17
Técnico especialista de oficios
1.105,72
17,78
Conductor de primera
1.065,51
17,12
Conductor de segunda
985,62
15,84
Oficial 1.ª oficios auxiliares / Laboratorios
1.065,51
17,12
Oficial 2.ª oficios auxiliares / Laboratorios
985,62
15,83
Auxiliar 1.ª de Servicios
965,97
15,51
Auxiliar 2.ª de Servicios
917,45
14,73
Personal de limpieza
917,45
14,73
Complemento de cargo:
Conserje
227,26
Categoría
Sueldo
Trienio*
Valor hora extra
artículo 33
GRUPO I. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR
A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno
Rector
776,55
Vicerrector y Secretario General
682,41
Decano o Director
682,41
Vicedecano o Subdirector
548,49
Jefe de Estudios, Director Instituto Universitario
546,83
Jefe de Departamento
507,89
Secretario
468,72
B. Retribución del profesorado
Dedicación exclusiva:
Ordinario o Catedrático
2.358,78
Agregado o Titular
1.898,96
Adjunto
1.577,08
Contratado Doctor
1.577,08
Colaborador Licenciado
1.523,87
Ayudante Doctor
1.470,67
Auxiliar/Ayudante
1.417,47
Dedicación plena:
Ordinario o Catedrático
2.051,56
Agregado o Titular
1.630,32
Adjunto
1.378,99
Contratado Doctor
1.378,99
Colaborador Licenciado
1.322,68
Ayudante Doctor
1.266,78
Auxiliar/Ayudante
1.210,16
Dedicación semiplena:
Titular
1.179,51
Agregado
950,25
Adjunto
788,65
Auxiliar/Ayudante
708,82
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Ordinario o Catedrático
93,27
Agregado o Titular
77,83
Adjunto
66,07
Contratado Doctor
66,07
Colaborador Licenciado
63,46
Ayudante Doctor
60,83
Auxiliar/Ayudante
58,22
Asociado
58,22
Investigador
1.584,75
25,32
Colaborador de investigación
1.477,27
23,62
Ayudante de investigación
997,65
15,94
Dedicación exclusiva:
Titular
1.885,00
Contratado Doctor
1.322,89
Colaborador Licenciado
1.072,62
Colaborador Diplomado
1.018,98
Auxiliar/Ayudante
944,79
Dedicación plena:
Titular
1.233,96
Contratado Doctor
992,16
Colaborador Licenciado
786,78
Colaborador Diplomado
747,44
Auxiliar/Ayudante
709,99
Dedicación semiplena:
Titular
822,76
Agregado
661,42
Adjunto
536,42
Auxiliar/Ayudante
475,11
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Titular
32,12
Contratado Doctor
25,84
Colaborador Licenciado
20,85
Asociado
19,41
Auxiliar/Ayudante
18,59
Profesor Emérito
77,83
Profesor Visitante e Invitado
66,07
Profesores de las antiguas Escuelas Universitarias.
A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno
Director
682,41
Subdirector
548,49
Jefe de Estudios
546,83
Jefe o Coordinador de Área
507,89
Secretario
468,72
B. Retribución del profesorado
Dedicación exclusiva:
Titular de Escuela Universitaria **
2.095,30
Agregado de Escuela Universitaria
1.707,18
Adjunto de Escuela Universitaria
1.531,68
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
1.485,74
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
1.441,17
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
1.397,93
Dedicación plena:
Titular de Escuela Universitaria
1.787,88
Agregado de Escuela Universitaria
1.467,22
Adjunto de Escuela Universitaria
1.316,36
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
1.276,84
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
1.238,55
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
1.201,41
Dedicación semiplena:
Titular
1.038,56
Agregado
853,70
Adjunto
765,96
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Titular de Escuela Universitaria
77,83
Agregado de Escuela Universitaria
69,96
Adjunto de Escuela Universitaria
62,47
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
60,60
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
58,77
Asociado de Escuela Universitaria
60,89
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
57,00
GRUPO III. PERSONAL NO DOCENTE
Titulado de grado superior
1.539,14
24,72
Titulado de grado medio
1.378,26
22,13
a) Administración:
Jefe Superior
1.539,14
24,24
Jefe de Sección
1.067,64
21,70
Jefe de Negociado
1.067,64
18,83
Subjefe de Negociado
1.067,64
17,47
Oficial de primera
1.067,64
16,81
Oficial de segunda
987,59
15,56
Auxiliar
967,90
15,24
En formación
629,16
8,79
Complemento de cargo:
Jefe de Sección
310,59
Jefe de Negociado
138,55
Subjefe de Negociado
40,27
b) Tecnologías de Información y Telecomunicaciones (TIC):
Analista
1.539,14
24,24
Técnico de TIC
1.195,63
18,83
Operador
1.067,64
16,81
c) Biblioteca:
Bibliotecario/Facultativo
1.539,14
24,72
Ayudante de Biblioteca, titulado
1.195,64
19,21
Auxiliar de Biblioteca (a extinguir)
967,90
15,54
Encargado de servicios generales
1.195,64
19,21
Técnico especialista de oficios
1.107,93
17,82
Conductor de primera
1.067,64
17,15
Conductor de segunda
987,59
15,86
Oficial 1.ª oficios auxiliares / Laboratorios
1.067,64
17,15
Oficial 2.ª oficios auxiliares / Laboratorios
987,59
15,86
Auxiliar 1.ª de Servicios
967,90
15,54
Auxiliar 2.ª de Servicios
919,28
14,76
Personal de limpieza
919,28
14,76
Complemento de cargo:
Conserje
227,71
Categoría
Sueldo
Trienio*
Valor h. extra art. 33
GRUPO I. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR
A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno
Rector
781,21
Vicerrector y Secretario General
686,50
Decano o Director
686,50
Vicedecano o Subdirector
551,78
Jefe de Estudios, Director Instituto Universitario
550,11
Jefe de Departamento
510,94
Secretario
471,53
B. Retribución del profesorado
Dedicación exclusiva:
Ordinario o Catedrático
2.372,93
Agregado o Titular
1.910,35
Adjunto
1.586,54
Contratado Doctor
1.586,54
Colaborador Licenciado
1.533,01
Ayudante Doctor
1.479,49
Auxiliar/Ayudante
1.425,97
Dedicación plena:
Ordinario o Catedrático
2.063,87
Agregado o Titular
1.640,10
Adjunto
1.387,26
Contratado Doctor
1.387,26
Colaborador Licenciado
1.330,62
Ayudante Doctor
1.274,38
Auxiliar/Ayudante
1.217,42
Dedicación semiplena:
Titular
1.186,59
Agregado
955,95
Adjunto
793,38
Auxiliar/Ayudante
713,07
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Ordinario o Catedrático
93,83
Agregado o Titular
78,30
Adjunto
66,47
Contratado Doctor
66,47
Colaborador Licenciado
63,84
Ayudante Doctor
61,19
Auxiliar/Ayudante
58,57
Asociado
58,57
Investigador
1.594,26
25,47
Colaborador de investigación
1.486,13
23,76
Ayudante de investigación
1.003,64
16,04
Dedicación exclusiva:
Titular
1.896,31
Contratado Doctor
1.330,83
Colaborador Licenciado
1.079,06
Colaborador Diplomado
1.025,09
Auxiliar/Ayudante
950,46
Dedicación plena:
Titular
1.241,36
Contratado Doctor
998,11
Colaborador Licenciado
791,50
Colaborador Diplomado
751,92
Auxiliar/Ayudante
714,25
Dedicación semiplena:
Titular
827,70
Agregado
665,39
Adjunto
539,64
Auxiliar/Ayudante
477,96
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Titular
32,31
Contratado Doctor
26,00
Colaborador Licenciado
20,98
Asociado
19,53
Auxiliar/Ayudante
18,70
Profesor Emérito
78,30
Profesor Visitante e Invitado
66,47
Profesores de las antiguas Escuelas Universitarias.
A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno
Director
686,50
Subdirector
551,78
Jefe de Estudios
550,11
Jefe o Coordinador de Área
510,94
Secretario
471,53
B. Retribución del profesorado
Dedicación exclusiva:
Titular de Escuela Universitaria **
2.095,30
Agregado de Escuela Universitaria
1.717,42
Adjunto de Escuela Universitaria
1.540,87
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
1.494,65
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
1.449,82
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
1.406,32
Dedicación plena:
Titular de Escuela Universitaria
1.798,61
Agregado de Escuela Universitaria
1.476,02
Adjunto de Escuela Universitaria
1.324,26
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
1.284,50
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
1.245,98
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
1.208,62
Dedicación semiplena:
Titular
1.044,79
Agregado
858,82
Adjunto
770,56
Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):
Titular de Escuela Universitaria
78,30
Agregado de Escuela Universitaria
70,38
Adjunto de Escuela Universitaria
62,84
Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria
60,96
Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria
59,12
Asociado de Escuela Universitaria
61,26
Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria
57,34
GRUPO III. PERSONAL NO DOCENTE
Titulado de grado superior
1.548,37
24,87
Titulado de grado medio
1.386,53
22,26
a) Administración:
Jefe Superior
1.548,37
24,39
Jefe de Sección
1.074,05
21,83
Jefe de Negociado
1.074,05
18,94
Subjefe de Negociado
1.074,05
17,57
Oficial de primera
1.074,05
16,91
Oficial de segunda
993,52
15,65
Auxiliar
973,71
15,33
En formación
632,93
8,84
Complemento de cargo:
Jefe de Sección
312,45
Jefe de Negociado
139,38
Subjefe de Negociado
40,51
b) Tecnologías de Información y Telecomunicaciones (TIC):
Analista
1.548,37
24,39
Técnico de TIC
1.202,80
18,94
Operador
1.074,05
16,91
c) Biblioteca:
Bibliotecario/Facultativo
1.548,37
24,87
Ayudante de Biblioteca, titulado
1.202,81
19,33
Auxiliar de Biblioteca (a extinguir)
973,71
15,63
Encargado de servicios generales
1.202,81
19,33
Técnico especialista de oficios
1.114,58
17,93
Conductor de primera
1.074,05
17,26
Conductor de segunda
993,52
15,96
Oficial 1.ª oficios auxiliares / Laboratorios
1.074,05
17,25
Oficial 2.ª oficios auxiliares / Laboratorios
993,52
15,96
Auxiliar 1.ª de Servicios
973,71
15,63
Auxiliar 2.ª de Servicios
924,80
14,85
Personal de limpieza
924,80
14,85
Complemento de cargo:
Conserje
229,08