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Resolución de 29 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publican las tablas salariales correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo marco del sector de prensa no diaria.

BOE-A-2011-6685·13 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica las tablas salariales de 2010 del Convenio colectivo marco del sector de prensa no diaria. Afecta a las empresas y trabajadores del sector representados por las asociaciones empresariales A.R.I. y A.E.E.P.P., y los sindicatos CC.OO. y UGT, respectivamente. Se publican las tablas salariales mensuales y anuales por grupo profesional y nivel salarial, incluyendo salario base, pluses, horas extras, atrasos y dietas.

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo marco del sector de prensa no diaria (Código de Convenio número 99010555011996) que fue suscrito con fecha 21 de febrero de 2011 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte las Asociaciones Empresariales A.R.I. y A.E.E.P.P. en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de marzo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

REVISIÓN TABLAS SALARIALES Y CÁLCULO DE ATRASOS AÑO 2010

ANEXO I

Tablas salariales año 2010

Tabla salarial mensual

Tabla salarial anual

Artículo 34. Plus de titularidad.

Todos los redactores titulados percibirán un plus por importe de 588,72 euros anuales ó 49,06 euros mensuales.

Artículo 36. Plus Transporte.

El Plus transporte queda fijado en los importes siguientes:

Artículo 37. Desgaste material.

Articulo 44. Gratificaciones.

Artículo 45. Dietas.

Grupo profesional

Nivelsalarial

Base decálculo

Salariobase

Plus delibre dispos.

Horaextra

Plustransporte

Atrasosmes

1

1

1.792,30

1.846,07

81,48

21,30

59,20

35,85

2

2

1.629,36

1.678,24

74,07

19,37

59,20

32,59

3

1.473,91

1.518,13

65,00

17,52

59,20

29,48

4

1.352,05

1.392,61

57,69

16,07

59,20

27,04

3

5

1.187,15

1.222,76

48,26

14,11

59,20

23,74

6

1.126,87

1.160,67

13,39

59,20

22,54

4

7

1.090,94

1.123,67

48,26

12,97

59,20

21,82

5

8

1.011,77

1.042,12

32,32

12,03

59,20

20,24

6

9

842,24

867,50

10,01

59,20

16,84

Grupoprofesional

Nivelsalarial

Base decálculo

Salariobase

Plus delibre dispos.

Plus transporte

Atrasosaño 2010

1

1

26.884,46

27.690,99

977,76

651,20

537,69

2

2

24.440,40

25.173,61

888,84

651,20

488,81

3

22.108,71

22.771,97

780,00

651,20

442,17

4

20.280,78

20.889,20

692,28

651,20

405,62

3

5

17.807,23

18.341,44

579,12

651,20

356,14

6

16.903,01

17.410,11

651,20

338,06

4

7

16.364,14

16.855,06

579,12

651,20

327,28

5

8

15.176,52

15.631,82

387,84

651,20

303,53

6

9

12.633,53

13.012,53

651,20

252,67

Euros

Mes

Año

Año 2010

59,20

651,20

Euros mensuales

Año 2010

79,20

Euros

Matrimonio

Natalidad

Año 2010

251,00

335,00

Euros

España

Extranjero

Comida

Vehículo/km

Año 2010

89,00

176,00

20,50

0,31

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