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Resolución de 29 de junio de 2020, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

BOE-A-2020-8346·22 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que publica el Acuerdo de la Subcomisión Generalitat-Estado sobre la Ley catalana 10/2019 de puertos y transporte marítimo. Afecta a ambas administraciones. Se acuerda iniciar negociaciones por discrepancias competenciales en varios artículos y disposiciones de la ley, designando un grupo de trabajo para proponer una solución. Se comunicará al Tribunal Constitucional.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de junio de 2020.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO

Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de la Generalitat de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 11, 33, 34, 35, 36, 37, 50, 52, 53, 61, 64, 68, 70, 71, 73, 74, 75, 76, 79, 84, 88, 98, 99, 101, 105, 108, 109, 227 y 235; así como las disposiciones adicionales 1.ª, 7.ª y 9.ª, y las disposiciones transitorias 1.ª y 6.ª de la Ley de la Generalitat de Cataluña 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.