Visto el contenido de la revisión salarial para los años 2007 y 2008 del Convenio Colectivo del sector de recuperación de residuos y materias primas secundarias publicado en el B.O.E. de 23 de octubre de 2007 (Código de Convenio n.º 9904345), que fue suscrito con fecha 23 de enero de 2008, de una parte por las Asociaciones empresariales F.E.R. y REPACAR en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE RECUPERACIÓN DE RESIDUOS Y MATERIAS PRIMAS SECUNDARIAS
Asistentes:
Unión General de Trabajadores (Federación Estatal de Servicios): Antonio Moruno.
Cesar Cuellar. Jesús Parrilla.
Confederación Sindical de Comisiones Obreras (Federación Estatal de Actividades Diversas): Jesús Martínez Dorado.
Federación Española de la Recuperación-Asociación Española de Recuperadores de Papel y Cartón:
Alicia García-Franco Zúñiga.
Julio Lorente Gutiérrez. Ángel Merino Mañero.
En Madrid y en los locales de Federación Española de la Recuperación, sitos en la Calle Ferraz n.º 80, siendo las 16.00 horas del día 23 de enero de 2008, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Recuperación de Residuos y Materias Primas Secundarias con la asistencia de las personas anteriormente reseñadas, quienes tratan lo siguiente:
Las partes presentes se reconocen la capacidad legal necesaria para realizar la revisión salarial conforme marca el artículo 12 del Convenio Colectivo.
En este sentido se informa a los presentes, que según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, el Índice de Precios al Consumo definitivo del año 2007, ha resultado no coincidente con el Índice de Precios al Consumo previsto por el gobierno. Esto es debido a que el Índice de Precios al Consumo real ha resultado con un porcentaje del 4,2%, mientras que el Índice de Precios al Consumo previsto estaba marcado con un porcentaje del 2%. Por lo tanto, las tablas salariales se revisarán incrementando un 2,2% al ser la diferencia entre lo publicado y lo previsto. Acto seguido se procede a la revisión salarial de las tablas correspondientes al año 2007 y de todos los conceptos retributivos establecidos en el Convenio, incluyendo desplazamientos, dietas y kilometraje. Las cantidades definitivas se incluyen en las hojas anexas.
Se autoriza a don Julio Lorente para que inscriba la presente revisión salarial.
Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 18:00 horas, firmando en prueba de su conformidad todos los presentes.-Unión General de Trabajadores (Federación Estatal de Servicios), Antonio Moruno, Cesar Cuellar, Jesús Parrilla.-Confederación Sindical de Comisiones Obreras (Federación Estatal de Actividades Diversas), Jesús Martínez Dorado.-Federación Española de la Recuperación-Asociación Española de Recuperadores de Papel y Cartón, Alicia García-Franco Zúñiga, Julio Lorente Gutiérrez, Ángel Merino Mañero.
Anexo al acta de la reunión de la Comisión negociadora del convenio colectivo de recuperación de residuos y materias primas secundarias del día 23 de enero de 2008
A continuación se indican las cantidades correspondientes a los conceptos retributivos establecidos en el Convenio tras la aplicación de la revisión salarial. Complemento plus transporte:
Año 2007 actualizado: 2,08 €. Año 2008 inicial: 2,14 €.
Dieta diaria pernocta:
Año 2007 actualizado: 42,02 €. Año 2008: 43,22 €.
Dieta por uso vehículo particular, km:
Año 2007 actualizado: 0,23 €. Año 2008: 0,24 €.
Dieta por comida/medio día fuera domicilio:
Año 2007 actualizado: 10,73 €. Año 2008: 11,04 €.
A continuación se indican las tablas salariales tras la aplicación de la revisión salarial.
Tablas salariales 2007*
Salario base
Plus higiene
Total
Personal directivo
Director Gerente
1217,22
182,58
1399,80
Director administrativo
1095,73
164,36
1260,09
Personal titulado
Licenciado grado superior
1120,21
168,03
1288,24
Licenciado grado medio
1095,73
164,36
1260,09
Personal administrativo
Jefe de primera
958,77
143,82
1102,58
Oficial de primera
823,03
123,45
946,48
Oficial de segunda
760,34
114,05
874,39
Auxiliar administrativo-Telefonista
706,01
105,90
811,92
Aspirante
517,14
77,57
594,71
Personal obrero
Encargado general
958,77
143,82
1102,58
Encargado
872,63
130,89
1003,53
Oficial
776,62
116,49
893,11
Especialista
727,15
108,97
836,12
Carretillero Especialista
776,62
116,49
893,11
Conductor-especialista
776,62
116,49
893,11
Conductor-especialista de 1.ª
823,06
123,46
946,51
Mecánico-especialista
776,62
116,49
893,11
Peón
706,01
105,90
811,92
Pinche
587,35
88,10
675,45
Personal subalterno
Vigilante y/u ordenanza
726,45
108,97
835,42
Personal de limpieza
706,01
105,90
811,92
Nota: Todas las cantidades anteriomente establecidas se refieren a euros. * Actualizada a 15/1/2007 con un IPC de 2007 del 4,2.
Tablas salariales 2008*
(Datos provisionales)
Salario Base
Plus Higiene
Total
Personal directivo
Director Gerente
1251,91
187,79
1439,69
Director administrativo
1126,96
169,04
1296,01
Personal titulado
Licenciado grado superior
1152,13
172,82
1324,95
Licenciado grado medio
1126,96
169,04
1296,01
Personal administrativo
Jefe de primera
986,09
147,91
1134,01
Oficial de primera
846,48
126,97
973,45
Oficial de segunda
782,01
117,30
899,32
Auxiliar administrativo-Telefonista
726,13
108,92
835,05
Aspirante .
531,88
79,78
611,66
Personal Obrero
Encargado general
986,09
147,91
1134,01
Encargado
897,50
134,63
1032,13
Oficial
798,75
119,81
918,56
Especialista
747,88
112,07
859,95
Carretillero Especialista
798,75
119,81
918,56
Conductor-especialista
798,75
119,81
918,56
Conductor-especialista de 1.ª
846,51
126,98
973,49
Mecánico-especialista
798,75
119,81
918,56
Peón
726,13
108,92
835,05
Pinche
604,09
90,61
694,70
Personal subalterno
Vigilante y/u ordenanza
747,15
112,07
859,23
Personal de limpieza
726,13
108,92
835,05
Nota: Todas las cantidades anteriomente establecidas se refieren a euros. * Actualizada a 15/1/2008 con un IPC de 2007 del 4,2.