Visto el texto de la revisión salarial del II Convenio Colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los actores que prestan sus servicios para las mismas, publicado en el BOE de 14 de abril de 2005, (Código de Convenio n.º 9909735), que fue suscrito con fecha 2 de abril de 2008, de una parte por la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (FAPAE) en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales Federación de Comunicación y Transporte de CC.OO; Federación de Servicios de UGT; F.A.E.E y O.S.A.A.E.E, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
Tablas salariales del Convenio Audiovisual Estatal. Año 2008
Revisión de las tablas salariales con el incremento del IPC del 4,2 %
Categoría
Por sesión - Euros
Por semana - Euros
Por mes - Euros
Obras cinematográficas
Protagonista
666,34
3.011,28
8.024,48
Secundario
485,25
2.158,08
6.022,53
Reparto
363,93
1.505,63
4.265,94
Obras no cinematográficas
Protagonista
610,16
2.720,76
7.255,14
Secundario
435,84
1.938,17
5.408,82
Reparto
348,65
1.442,38
4.086,77
Obras de bajo presupuesto
Protagonista
494,25
2.233,57
5.956,20
Secundario
404,39
1.798,39
5.018,77
Reparto
314,54
1.299,69
3.686,65
Dietas
35,95
Gastos bolsillo
17,97