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Resolución de 27 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario n.º 955/10-1, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección primera.

BOE-A-2010-15396·8 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 955/10-1, interpuesto por doña Eva Mirones Sola ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El recurso impugna la resolución de la Directora General que desestimó el recurso de alzada contra el acuerdo del Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas de acceso libre al Cuerpo de Auxilio Judicial. Se emplaza a los interesados para que comparezcan ante la Sala en el plazo de nueve días.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección primera, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, doña Eva Mirones Sola ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo núm. 955/10-1, contra la Resolución de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, de fecha 14 de mayo de 2010, desestimando el recurso de alzada interpuesto contra el Acuerdo de 8 de febrero de 2010 del Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas de acceso, por sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial, convocadas por Orden JUS/3337/2008, de 10 de noviembre de 2008 (BOE 20-11-2008). En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días.

–La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Caridad Hernández García.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.