resolucionVigente

Resolución de 27 de julio de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 22 de junio de 2010, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de la industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos.

BOE-A-2010-13027·11 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que corrige errores en la Resolución anterior del 22 de junio de 2010, la cual registraba y publicaba el Convenio Colectivo Estatal de la Industria Metalgráfica y de Fabricación de Envases Metálicos. Objeto principal: La resolución tiene como objeto principal corregir dos tipos de errores detectados en el texto del Convenio Colectivo Estatal publicado anteriormente: 1. Error de denominación: Se corrige la denominación errónea de "Convenio colectivo interprovincial" por la correcta "Convenio colectivo estatal" en la resolución original y en el texto del documento. 2. Omisión de información: Se completa el Anexo 5 del convenio, que contiene la tabla de complemento específico para los años 2009 y 2010, añadiendo las columnas omitidas correspondientes a los tramos de antigüedad de 22, 23 y 24 o más años. A quién afecta: Esta resolución afecta a todos los trabajadores y empresas del sector de la industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos en el ámbito estatal, ya que corrige y completa la información contenida en su convenio colectivo. Disposiciones más relevantes: La corrección del nombre del convenio, asegurando la correcta identificación de su ámbito de aplicación. La inclusión de las columnas faltantes en la tabla de complemento específico, garantizando la correcta aplicación de los complementos salariales por antigüedad para los trabajadores con 22 años o más de antigüedad consolidada a 31/12/1995. Esto impacta directamente en el cálculo de las retribuciones de estos trabajadores. La publicación de las tablas corregidas con los importes correspondientes a cada categoría profesional y tramo de antigüedad, proporcionando claridad y seguridad jurídica en la aplicación del convenio.

Advertidos errores en el texto del Convenio colectivo estatal de la industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 22 de junio de 2010 en el «BOE» n.º 162, de 5 de julio de 2010,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 59235 y en el texto de la Resolución, primer y segundo párrafo, donde dice: «Convenio colectivo interprovincial de la industria metalgráfica…», debe decir: «Convenio colectivo estatal de la industria metalgráfica…».

En la página 59305, Anexo 5, tabla de complemento específico para los años 2009 y 2010, han de publicarse tres columnas omitidas correspondientes a 22, 23 y 24 años o más de antigüedad.

Madrid, 27 de julio de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

Tabla de complemento específico para 2009 (consolidado ad pérsonam tras implantación del acuerdo de clasificación o incrementos pactados)

Tabla de complemento específico para 2010 (consolidado ad persónam tras implantación del acuerdo de clasificación o incrementos pactados)

Categoría profesional a 31/12/1995

Años de antigüedad consolidada a 31/12/95

22—Euros mes

23—Euros mes

24 o más—Euros mes

Personal Obrero

Aprendiz 1 año

160,43

165,04

199,49

Aprendiz 2 años

185,26

188,93

228,93

Aprendiz 3 años

209,14

213,75

258,81

Auxiliar Fábrica

212,83

218,35

263,41

Especialista

222,50

228,00

275,81

Oficial 3.ª

228,00

233,52

282,71

Oficial 2.ª

233,52

239,03

289,59

Oficial 1.ª

248,68

254,20

308,01

Oficial Especialista Litografía

263,86

270,31

326,37

Capataz

228,00

233,52

262,71

Encargado sección

271,68

278,11

336,50

Guarda y Sereno

218,35

223,41

269,84

Portero

218,35

223,41

269,84

Ordenanza

218,35

223,41

269,84

Almacenero y Listero

228,00

233,52

282,71

Personal Administrativo

Aspirante 1 año

160,46

164,28

198,63

Aspirante 2 años

185,30

189,69

229,40

Telefonista

218,37

223,57

270,37

Auxiliar Fábrica

228,49

233,95

282,90

Oficial de 2.ª

234,10

239,69

289,87

Oficial de 1.ª

249,16

255,08

308,49

Jefe de 2.ª

277,24

283,87

343,27

Jefe de 1.ª

287,37

294,20

355,82

Personal Técnico

Delint. Dibujante Proyect. de 3.ª

240,99

246,73

298,36

Delint. Dibujante Proyect. de 2.ª

251,12

257,10

310,91

Delint. Dibujante Proyect. de 1.ª

261,34

267,56

323,54

Maestro Encargado

287,37

294,20

355,82

Técnico de Organización

249,25

255,22

308,60

Jefe de Organiz. Encargado

287,37

294,20

355,82

Titulado grado medio

288,00

294,87

356,55

Titulado grado superior

379,17

388,23

469,47

Categoría profesional a 31/12/1995

Años de antigüedad consolidada a 31/12/95

22—Euros mes

23—Euros mes

24 o más—Euros mes

Personal Obrero

Aprendiz 1 año

162,04

166,69

201,48

Aprendiz 2 años

187,11

190,82

231,22

Aprendiz 3 años

211,23

215,89

261,40

Auxiliar Fábrica

214,96

220,53

266,04

Especialista

224,72

230,28

278,56

Oficial 3.ª

230,28

235,86

285,53

Oficial 2.ª

235,86

241,42

292,49

Oficial 1.ª

251,17

256,74

311,09

Oficial Especialista Litografía

266,50

273,01

329,63

Capataz

230,28

235,86

285,53

Encargado sección

274,40

280,90

339,86

Guarda y Sereno

220,53

225,64

272,54

Portero

220,53

225,64

272,54

Ordenanza

220,53

225,64

272,54

Almacenero y Listero

230,28

235,86

285,53

Personal Administrativo

Aspirante 1 año

162,06

165,92

200,62

Aspirante 2 años

187,15

191,58

231,69

Telefonista

220,56

225,80

273,07

Auxiliar Fábrica

230,77

236,29

285,72

Oficial de 2.ª

236,44

242,09

292,77

Oficial de 1.ª

251,66

257,63

311,58

Jefe de 2.ª

280,02

286,71

346,70

Jefe de 1.ª

290,25

297,14

359,38

Personal Técnico

Delint. Dibujante Proyect. de 3.ª

243,40

249,20

301,34

Delint. Dibujante Proyect. de 2.ª

253,63

259,67

314,02

Delint. Dibujante Proyect. de 1.ª

263,95

270,23

326,78

Maestro Encargado

290,25

297,14

359,38

Técnico de Organización

251,74

257,77

311,69

Jefe de Organiz. Encargado

290,25

297,14

359,38

Titulado grado medio

290,88

297,82

360,12

Titulado grado superior

382,96

392,11

474,16

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.