Visto el texto de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2005 y de las provisionales del año 2006 del Convenio Colectivo Nacional del Sector de Harinas Panificables y Sémolas (publicado en el BOE de 23-9-2004) (Código de Convenio n.º 9902455), que fue suscrito con fecha 8 de febrero de 2006 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la Asociación de Fabricantes de Harinas y Sémolas de España y las organizaciones Sindicales UGT y CC.OO. en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 27 de febrero de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.
TABLA SALARIAL «A» (2005) Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la industria harinera y semolera vigente desde el 1 de enero al 31 de diciembre
El Chófer tendrá un plus de 4,18 euros por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA SALARIAL «B» (2005) Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la industria harinera y semolera vigente desde el 1 de enero al 31 de diciembre
El Chófer tendrá un plus de 4,83 euros por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA SALARIAL «A» (2006) Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la industria harinera y semolera vigente desde el 1 de enero al 31 de diciembre
El Chófer tendrá un plus de 4,28 euros por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA SALARIAL «B» (2006) Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la industria harinera y semolera vigente desde el 1 de enero al 31 de diciembre
El Chófer tendrá un plus de 4,95 euros por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
Categoría
Salario Base mensual
-
Euros
Plus Convenio mensual
-
Euros
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
806,49
92,40
Maestro Molinero
741,52
91,79
Técnico de Laboratorio
741,52
91,79
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
741,52
91,79
Jefe de Contabilidad
741,52
91,79
Oficial Administrativo
701,23
91,40
Viajantes, Vendedores y Compradores
701,23
91,40
Auxiliar Administrativo
660,87
91,02
Diario
Personal obrero cualificado:
Encargado de Almacén y Segundo Molinero
22,61
91,14
Chófer, Mecánico y Electricista
22,44
91,11
Limpiero, Carpintero y Albañil
22,29
91,10
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
22,06
91,02
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
19,53
90,32
Repasador de sacos y personal limpieza
19,53
90,32
Categoría
Salario Base mensual
-
Euros
Plus Convenio mensual
-
Euros
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
931,79
106,74
Maestro Molinero
856,72
106,05
Técnico de Laboratorio
856,72
106,05
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
856,72
106,05
Jefe de Contabilidad
856,72
106,05
Oficial Administrativo
810,16
105,61
Viajantes, Vendedores y Compradores
810,16
105,61
Auxiliar Administrativo
763,54
105,15
Aspirante menor de dieciocho años
654,29
104,15
Diario
Personal obrero cualificado:
Encargado de Almacén y Segundo Molinero
26,12
105,32
Chófer, Mecánico y Electricista
25,91
105,28
Limpiero, Carpintero y Albañil
25,76
105,26
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
25,50
105,15
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
22,56
104,35
Repasador de sacos y personal limpieza
22,56
104,35
Categoría
Salario Base mensual
-
Euros
Plus Convenio mensual
-
Euros
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
826,65
94,71
Maestro Molinero
760,06
94,08
Técnico de Laboratorio
760,06
94,08
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
760,06
94,08
Jefe de Contabilidad
760,06
94,08
Oficial Administrativo
718,76
93,69
Viajantes, Vendedores y Compradores
718,76
93,69
Auxiliar Administrativo
677,39
93,29
Diario
Personal obrero cualificado:
Encargado de Almacén y Segundo Molinero
23,18
93,42
Chófer, Mecánico y Electricista
23,00
93,39
Limpiero, Carpintero y Albañil
22,85
93,38
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
22,61
93,30
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
20,02
92,58
Repasador de sacos y personal limpieza
20,02
92,58
Categoría
Salario Base mensual
-
Euros
Plus Convenio mensual
-
Euros
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
955,08
109,41
Maestro Molinero
878,14
108,70
Técnico de Laboratorio
878,14
108,70
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
878,14
108,70
Jefe de Contabilidad
878,14
108,70
Oficial Administrativo
830,41
108,25
Viajantes, Vendedores y Compradores
830,41
108,25
Auxiliar Administrativo
782,63
107,78
Aspirante menor de dieciocho años
670,65
106,75
Diario
Personal obrero cualificado:
Encargado de Almacén y Segundo Molinero
26,77
107,95
Chófer, Mecánico y Electricista
26,56
107,91
Limpiero, Carpintero y Albañil
26,40
107,89
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
26,14
107,78
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
23,12
106,96
Repasador de sacos y personal limpieza
23,12
106,96