resolucionVigente

Resolución de 27 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el contenido del Acuerdo de prórroga del IV Acuerdo Nacional de Formación.

BOE-A-2011-2012·2 de febrero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica el Acuerdo de Prórroga del IV Acuerdo Nacional de Formación. Objeto Principal: El objeto principal es hacer oficial y público el acuerdo entre las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME, y los sindicatos CC.OO y UGT, para prorrogar la vigencia del IV Acuerdo Nacional de Formación (publicado en el BOE el 27 de marzo de 2006) más allá de su fecha de finalización original, el 31 de diciembre de 2010. A quién afecta: Este acuerdo afecta principalmente a: Trabajadores y empresas: Al prorrogar el IV Acuerdo Nacional de Formación, se mantienen las condiciones y programas de formación existentes, impactando en las oportunidades de formación para los trabajadores y en las obligaciones y beneficios para las empresas en materia de formación. Organizaciones empresariales y sindicales: CEOE, CEPYME, CC.OO y UGT, como firmantes del acuerdo, son directamente responsables de su cumplimiento y de la negociación del futuro V Acuerdo Nacional de Formación. Administración Pública: La Dirección General de Trabajo, al registrar y publicar el acuerdo, garantiza su legalidad y transparencia. Disposiciones más relevantes: Prórroga del IV Acuerdo Nacional de Formación: Se extiende la vigencia del IV Acuerdo Nacional de Formación hasta que se formalice el V Acuerdo, que se encuentra en proceso de negociación. Esto asegura la continuidad de las políticas y programas de formación existentes. Ratificación de las partes: El documento incluye la identificación de los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales que firman el acuerdo, reconociendo su capacidad legal para hacerlo. Publicación Oficial: La Resolución de la Dirección General de Trabajo ordena la inscripción del acuerdo en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dándole validez legal y haciéndolo accesible al público.

Visto el contenido del Acuerdo de Prórroga del IV Acuerdo Nacional de Formación («BOE» 27-03-2006) (código de Convenio n.º 99000095082001), Acuerdo que ha sido suscrito el día 27 de diciembre de 2010, de una parte, por CEOE y CEPYME en su condición de organizaciones empresariales más representativas de carácter estatal y, de otra parte, por los sindicatos CC.OO y UGT como organizaciones sindicales más representativas de carácter estatal, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de enero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACUERDO DE PRÓRROGA DEL IV ACUERDO NACIONAL DE FORMACIÓN

En Madrid, a 27 de diciembre de 2010.

Don José M.ª Lacasa Aso, con DNI/NIF n.º 18.154.356-L.

Don José Manuel Vilar Martínez, con DNI/NIF n.º 50.533.808-W.

Don Fernando Puig-Samper Mulero, con DNI/NIF n.º 2.500.615-D.

Doña Teresa Muñoz Rodríguez, con DNI/NIF n.º 2.511.908-D.

INTERVIENEN

Don José M.ª Lacasa Aso, en nombre y representación de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales –CEOE–; don José Manuel Vilar Martínez, en nombre y representación de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa –CEPYME–; don Fernando Puig-Samper Mulero, en nombre y representación de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras –CC.OO.– y doña Teresa Muñoz Rodríguez, en nombre y representación de la Unión General de los Trabajadores –UGT–.

Las partes intervinientes reconociéndose recíprocamente capacidad para la firma de este acuerdo

EXPONEN

Primero.–El 1 de febrero de 2006 las organizaciones empresariales y sindicales antes citadas, suscribieron el IV Acuerdo Nacional de Formación de carácter bipartito.

Segundo.–Dicho Acuerdo se pactó con una vigencia temporal que finaliza el 31 de diciembre de 2010.

No obstante, se acordó igualmente en el artículo 2.3, párrafo último, la posibilidad de estimar la prórroga del IV Acuerdo Nacional de Formación de carácter bipartito.

Tercero.–Conscientes las partes firmantes de que la eficacia que ha tenido el citado Acuerdo, hace necesaria su prórroga, las organizaciones sindicales y empresariales que lo suscribieron

ACUERDAN

Prorrogar la vigencia del IV Acuerdo Nacional de Formación hasta que se haya formalizado el quinto Acuerdo, ahora en proceso de negociación.

En prueba de conformidad firman cinco ejemplares con los efectos que deriven del mismo.–Por CEOE, José María Lacasa Aso.–Por CEPYME, José Manuel Vilar Martínez.–Por CC.OO., Fernando Puig-Samper Mulero.–Por UGT, Teresa Muñoz Rodríguez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.