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Resolución de 26 de septiembre de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 779/19, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, y se emplaza a los interesados.

BOE-A-2019-14398·8 de octubre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 26 de septiembre de 2019 por la Secretaría General Técnica, en respuesta a un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Generalitat de Catalunya ante la Audiencia Nacional. El objeto principal de la resolución es doble: 1. Ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 779/19 a la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta. Este recurso fue interpuesto por la Generalitat de Catalunya contra la Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para la financiación de planes de formación de ámbito estatal relacionados con el diálogo social y la negociación colectiva. 2. Emplazar a los interesados en el mantenimiento de la Orden TMS/379/2019 para que comparezcan ante la Audiencia Nacional. Esta resolución afecta principalmente a: La Audiencia Nacional, que recibirá el expediente administrativo. La Generalitat de Catalunya, como parte demandante en el recurso contencioso-administrativo. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuya Orden TMS/379/2019 es objeto de impugnación. Todas las personas físicas y jurídicas a cuyo favor hayan derivado o puedan derivar derechos de la Orden TMS/379/2019, y a quienes tengan un interés directo en su mantenimiento. Las disposiciones más relevantes son: Se ordena la remisión del expediente administrativo a la Audiencia Nacional, cumpliendo con el artículo 48 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Se emplaza a los terceros interesados a comparecer ante la Audiencia Nacional en un plazo de cinco días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 116.2 de la misma ley, que regula el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales. Esto les permite defender sus intereses en el proceso judicial.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE del 14), y en cumplimiento de lo solicitado por la Audiencia Nacional, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Generalitat de Catalunya, contra la Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, por la que se aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Servicio Público de Empleo Estatal, para la financiación de planes de formación de ámbito estatal, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 116.2, sobre procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de cinco días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.

Madrid, 26 de septiembre de 2019.–El Secretario General Técnico, Gonzalo Giménez Coloma.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.