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Resolución de 26 de octubre de 2018, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado 242/2018 (procedimiento ordinario 11/2018), interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Melilla.

BOE-A-2018-15909·21 de noviembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Médico de Melilla contra la desestimación del recurso de reposición a la convocatoria de concurso de movilidad voluntaria para personal sanitario y no sanitario de Ceuta y Melilla. Se emplaza a los posibles afectados para que comparezcan ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Melilla en un plazo de nueve días.

Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Melilla, don Jesús Delgado Aboy, presidente del Sindicato Médico de Melilla, ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, relativo al procedimiento abreviado 242/2018, procedimiento ordinario 11/2018, contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 15 de enero de 2018, de la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), por la que se convoca concurso de movilidad voluntaria para proveer plazas de personal sanitario y no sanitario de Atención Especializada y Atención Primaria de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y del Centro Nacional de Dosimetría («BOE» de 24 de enero de 2018).

En consecuencia, esta Dirección de INGESA, ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, para que puedan comparecer ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días.

Madrid, 26 de octubre de 2018.–El Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, Alfonso Jiménez Palacios.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.