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Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaría General del Consejo Económico y Social, por la que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Económico y Social.

BOE-A-2024-26111·16 de diciembre de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen de la Resolución de 26 de noviembre de 2024 Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General del Consejo Económico y Social (CES) que modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno (ROFI) del CES. El objeto principal de la resolución es adaptar el ROFI a las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 2/2024, específicamente en lo que respecta a la composición del CES. A quién afecta: Esta resolución afecta directamente al Consejo Económico y Social, a sus miembros, a su funcionamiento interno y a las organizaciones representadas en el mismo. Indirectamente, afecta a todos los actores sociales y económicos que interactúan con el CES, ya que este es un órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica. Disposiciones más relevantes: Modificación del Artículo 4.3 del ROFI: La resolución incorpora un nuevo texto al artículo 4.3 del ROFI, que regula la composición del Grupo Segundo del Consejo. Este grupo está compuesto por representantes de las organizaciones sindicales. La modificación se realiza en cumplimiento del Real Decreto-ley 2/2024, que modificó la Ley 21/1991, la cual crea el Consejo Económico y Social. Cumplimiento del Real Decreto-ley 2/2024: La resolución se emite en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 2/2024, que obliga a adaptar el ROFI del CES a las modificaciones introducidas por dicho decreto-ley. Acuerdo del Pleno del CES:** La modificación del ROFI fue acordada por el Pleno del Consejo Económico y Social en su sesión del 30 de octubre de 2024. En resumen, la resolución tiene como objetivo actualizar el Reglamento interno del CES para reflejar los cambios legislativos recientes en la composición del Consejo, asegurando así su correcto funcionamiento y representatividad.

El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, vino a modificar en su disposición final primera el artículo 2.3 de la Ley 21/1991, de 17 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social en lo que se refiere a la composición del mismo.

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del mencionado Real Decreto-ley, relativa a la adaptación del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Económico y Social, el Pleno del Consejo Económico y Social, en la sesión celebrada el día 30 de octubre del presente año, acordó adaptar el artículo 4.3 del mencionado reglamento que regula la composición del Grupo Segundo del Consejo. En virtud de ese acuerdo, ha quedado incorporado al Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo, el nuevo texto del artículo 4.3, que se transcribe a continuación:

Madrid, 26 de noviembre de 2024.–La Secretaria General del Consejo Económico y Social, María Soledad Serrano Ponz.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.