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Resolución de 26 de julio de 2023, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior.

BOE-A-2023-17644·1 de agosto de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que modifica su Reglamento de Régimen Interior. Fue aprobada el 26 de julio de 2023 y entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El objeto principal de la resolución es actualizar y modificar ciertos artículos del Reglamento Interno de la CNMV. Concretamente, se modifican los artículos 27, 30, 31, 33 y 42. Esta resolución afecta directamente a la CNMV como institución y a sus empleados y directivos, ya que establece las normas internas de funcionamiento de la organización. También afecta indirectamente a los participantes del mercado de valores, ya que la CNMV es el organismo supervisor y regulador de este mercado. Las disposiciones más relevantes incluyen: Artículo 27: Se modifican los apartados 2 y 6, aunque el documento no especifica el contenido exacto de las modificaciones. Artículo 30: Se introduce una nueva letra "ñ" al apartado 3, sin especificar el contenido de la nueva letra. Artículo 31: Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 y se modifica la letra c) del apartado 2, sin especificar el contenido de las modificaciones. Artículo 33: Se modifica el apartado 1, se da una nueva redacción al apartado 2 y se renumera el anterior apartado 2, que pasa a ser el apartado 3. El documento no especifica el contenido de las modificaciones. Artículo 42:** Se introduce una nueva letra "m" al apartado 1.ª, sin especificar el contenido de la nueva letra. En resumen, la resolución realiza una serie de modificaciones puntuales al Reglamento de Régimen Interior de la CNMV, afectando a diversos aspectos de su funcionamiento interno. La falta de detalle sobre el contenido específico de las modificaciones dificulta una comprensión completa del impacto de la resolución.

El Consejo de la CNMV en su sesión de 26 de julio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Régimen Interior, aprueba las modificaciones de los artículos 27, 30, 31, 33 y 42 del Reglamento de Régimen Interior de la CNMV que se recogen a continuación.

Modificación del Reglamento de Régimen Interior de la CNMV.

El Reglamento de Régimen Interior de la CNMV queda modificado como sigue:

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 27, que queda redactado como sigue:

Dos. Se modifica el apartado 6 del artículo 27, que queda redactado como sigue:

Tres. Se introduce una nueva letra «ñ» al apartado 3 del artículo 30 con la siguiente redacción:

Cuatro. Se introduce un último párrafo en el apartado 1 del artículo 31, con la redacción que sigue:

Cinco. Se modifica la letra c) del apartado 2 del artículo 31 que queda redactado de la siguiente manera:

Seis. Se modifica el apartado 1 del artículo 33, que queda redactado de la siguiente manera:

Siete. Se da una nueva redacción al apartado 2 del artículo 33:

Ocho. Se renumera el anterior apartado 2 del artículo 33, que pasa a ser apartado 3, manteniendo su actual redacción.

Nueve. Se introduce una nueva letra m) al apartado 1.ª en el artículo 42, con la siguiente redacción:

La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de julio de 2023.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.