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Resolución de 26 de febrero de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2009 y las provisionales del año 2010 del Convenio colectivo para la industria de alimentos compuestos para animales.

BOE-A-2010-4023·10 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2009 y las provisionales del año 2010 del Convenio Colectivo para la Industria de Alimentos Compuestos para Animales. Objeto principal: La resolución oficializa y da publicidad a las tablas salariales acordadas entre la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales (CESFAC) y los sindicatos UGT y CCOO, estableciendo los salarios base y otros conceptos retributivos para los trabajadores del sector. A quién afecta: Afecta a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para la Industria de Alimentos Compuestos para Animales. Esto incluye a los empleados de las empresas dedicadas a la fabricación de alimentos compuestos para animales en España. Disposiciones más relevantes: Aprobación y publicación: La Dirección General de Trabajo aprueba las tablas salariales y ordena su publicación en el BOE, lo que les otorga validez legal y las hace de obligado cumplimiento para las partes afectadas. Tablas salariales: Se detallan los salarios base mensuales y anuales (incluyendo pagas extras) para diversas categorías profesionales dentro del sector, como personal técnico, auxiliar de laboratorio, personal de informática, administrativo, comercial, de producción, de mantenimiento y transporte, y personal subalterno. Otros conceptos retributivos: Se especifican los importes correspondientes a la prima de asistencia, gastos de desplazamiento (comida, cena, alojamiento, desayuno) y quebrando de moneda. Carácter definitivo y provisional: Se distinguen las tablas salariales definitivas para 2009 y las provisionales para 2010, lo que implica que las de 2010 podrían estar sujetas a revisión o modificación posterior. Incrementos salariales:** Se observan ligeros incrementos en los salarios y otros conceptos retributivos de 2009 a 2010, reflejando posiblemente la negociación colectiva y la evolución económica del sector.

Visto el texto de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2009 y las provisionales del año 2010 del Convenio Colectivo para la Industria de Alimentos Compuestos para Animales, publicado en el BOE de 18.1.2007 (Código de Convenio n.º 9900275), que fue suscrito con fecha 3 de febrero de 2010 de una parte por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales (CESFAC) en representación de las empresas del sector y de otra por las organizaciones sindicales de UGT y CCOO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de febrero de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2009 Y LAS PROVISIONALES DEL AÑO 2010 DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS COMPUESTOS PARA ANIMALES

Convenio Colectivo Laboral

Fabricación de alimentos compuestos para animales - Año 2009 (definitivas)

Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

Convenio Colectivo Laboral

Fabricación de alimentos compuestos para animales - Año 2010 (provisional)

Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

Euros

Salario base

Salario base +pagas extras año

Euros/Día

Euros/Mes

A) Personal Técnico:

1. Titulado Superior

987,34

15.797,44

2. Titulado Grado Medio

955,05

15.280,82

3. No Titulado

893,05

14.288,75

4. Control de Calidad

869,73

13.915,73

B) Personal Auxiliar de Laboratorio:

1. Auxiliar de Laboratorio

804,99

12.879,82

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio

634,36

10.149,79

C) Personal de Informática:

1. Jefe de Equipo de Informática

955,05

15.280,82

2. Analista

893,05

14.288,75

3. Jefe de Explotación

877,24

14.035,92

4. Programador

856,37

13.701,88

5. Operador

823,71

13.179,40

D) Personal Administrativo:

1. Jefe Administrativo

955,05

15.280,82

2. Oficial Administrativo de 1.ª

893,05

14.288,75

3. Oficial Administrativo de 2.ª

856,37

13.701,88

4. Auxiliar Administrativo

804,99

12.879,82

5. Aspirante Administrativo

634,36

10.149,79

E) Personal Comercial:

1. Jefe de Ventas y/o Compras

955,05

15.280,82

2. Jefe de Zona

893,05

14.288,75

3. Promotor de Ventas

856,37

13.701,88

F) Personal de Producción:

1. Jefe de fábrica

955,05

15.280,82

2. Encargado

28,69

13.915,73

3. Oficial de 1.ª

27,77

13.469,50

4. Oficial de 2.ª

27,27

13.224,33

5. Especialista

26,83

13.013,49

6. Peón

26,36

12.783,03

G) Personal de Mantenimiento y Transporte:

1. Encargado

28,69

13.915,73

2. Oficial de 1.ª (Chofer)

28,12

13.636,22

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades)

27,77

13.469,50

4. Oficial de 2.ª

27,27

13.224,33

5. Ayudante

26,83

13.013,49

6. Aprendiz

20,83

10.100,90

H) Personal Subalterno:

1. Ordenanza

804,99

12.879,82

2. Vigilante

799,48

12.791,66

3. Botones

634,36

10.149,79

4. Personal de Limpieza

26,36

12.783,03

5. Personal de Limpieza (1/2 jornada)

13,18

6.391,52

2009 definitiva

Artículo 22. Prima de asistencia

6,68

Artículo 41. Gastos de desplazamiento:

Comida

12,00

Cena

12,00

Alojamiento

40,00

Desayuno

4,00

Artículo 42. Quebrando de moneda

25,00

Euros

Salario base

Salario base + pagas extras año

Euros/Día

Euros/Mes

A) Personal Técnico:

1. Titulado Superior

997,20

15.955,25

2. Titulado Grado Medio

964,60

15.433,63

3. No Titulado

901,98

14.431,63

4. Control de Calidad

878,43

14.054,88

B) Personal Auxiliar de Laboratorio:

1. Auxiliar de Laboratorio

813,04

13.008,61

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio

640,71

10.251,29

C) Personal de Informática:

1. Jefe de Equipo de Informática

964,60

15.433,63

2. Analista

901,98

14.431,63

3. Jefe de Explotación

886,02

14.176,27

4. Programador

864,93

13.838,90

5. Operador

831,95

13.311,19

D) Personal Administrativo:

1. Jefe Administrativo

964,60

15.433,63

2. Oficial Administrativo de 1.ª

901,98

14.431,63

3. Oficial Administrativo de 2.ª

864,93

13.838,90

4. Auxiliar Administrativo

813,04

13.008,61

5. Aspirante Administrativo

640,71

10.251,29

E) Personal Comercial:

1. Jefe de Ventas y/o Compras

964,60

15.433,63

2. Jefe de Zona

901,98

14.431,63

3. Promotor de Ventas

864,93

13.838,90

F) Personal de Producción:

1. Jefe de fábrica

964,60

15.433,63

2. Encargado

28,98

14.054,86

3. Oficial de 1.ª

28,05

13.604,20

4. Oficial de 2.ª

27,54

13.356,58

5. Especialista

27,10

13.143,63

6. Peón

26,62

12.910,86

G) Personal de Mantenimiento y Transporte:

1. Encargado

28,98

14.054,86

2. Oficial de 1.ª (Chofer)

28,40

13.772,58

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades)

28,05

13.604,20

4. Oficial de 2.ª

27,54

13.356,58

5. Ayudante

27,10

13.143,63

6. Aprendiz

21,03

10.201,91

H) Personal Subalterno:

1. Ordenanza

813,04

13.008,61

2. Vigilante

807,47

12.919,57

3. Botones

640,71

10.251,29

4. Personal de Limpieza

26,62

12.910,86

5. Personal de Limpieza (1/2 jornada)

13,31

6.455,43

2009 definitiva

Artículo 22. Prima de asistencia

6,75

Artículo 41. Gastos de desplazamiento:

Comida

12,12

Cena

12,12

Alojamiento

40,40

Desayuno

4,04

Artículo 42. Quebrando de moneda

25,25

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.