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Resolución de 25 de marzo de 2019, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado 23/2019, contra la Orden JUS/1261/2018, de 16 de noviembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

BOE-A-2019-5212·8 de abril de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo contra la Orden JUS/1261/2018, que adjudicó destinos a funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. Afecta a los funcionarios del citado cuerpo a quienes se adjudicó destino por la orden mencionada. Se les da un plazo de nueve días para personarse en el procedimiento contencioso-administrativo número PA 23/2019.

En virtud a lo acordado por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 5, se emplaza a todos los interesados en la Orden JUS/1261/2018, de 16 de noviembre, del Ministerio de Justicia («BOE» del 29) por la que se adjudicaba destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre, en el ámbito de Península y Baleares, en los Autos relativos al recurso contencioso-administrativo número PA 23/2019, interpuesto por el funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa don Igor Ureña Ciudad, en el plazo de nueve días desde la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 25 de marzo de 2019.–La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Esmeralda Rasillo López.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.