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Resolución de 25 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 23 de febrero de 2011, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo Transformación Agraria, SA.

BOE-A-2011-6064·4 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que tiene como objeto principal la corrección de un error material detectado en la publicación del XVII Convenio Colectivo de Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA). Afecta principalmente a: Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA) Los trabajadores de TRAGSA cubiertos por el XVII Convenio Colectivo. Cualquier persona o entidad que consulte o se vea afectada por el XVII Convenio Colectivo. Disposiciones relevantes: La resolución se limita a rectificar un único error en la Disposición Final del XVII Convenio Colectivo. El error consistía en que se derogaba incorrectamente el "XVII convenio TRAGSA" en lugar del "XVI convenio TRAGSA". La resolución establece que la redacción correcta debe ser: "…queda expresamente derogado el XVI** convenio TRAGSA,…". En resumen, esta resolución no modifica el contenido sustancial del XVII Convenio Colectivo, sino que simplemente corrige un error tipográfico para asegurar la correcta interpretación y aplicación del convenio. La corrección es crucial para evitar confusiones sobre qué convenio colectivo queda derogado.

Advertidos errores en el texto del XVII Convenio colectivo de Transformación Agraria, S.A., registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 23 de febrero de 2011, en el «BOE» n.º 60, de 11 de marzo de 2011.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores:

En la página 27595, Disposición final, donde dice: «…queda expresamente derogado el XVII convenio TRAGSA,…», debe decir: «…queda expresamente derogado el XVI convenio TRAGSA,…».

Madrid, 25 de marzo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.