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Resolución de 25 de febrero de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2012 y las provisionales para el año 2013 del Convenio colectivo estatal de la industria de elaboradores del arroz.

BOE-A-2013-2797·14 de marzo de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Empleo que aprueba y publica las tablas salariales definitivas para el año 2012 y las provisionales para el año 2013 correspondientes al Convenio Colectivo Estatal de la Industria de Elaboradores del Arroz. A quién afecta: Afecta a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal de la Industria de Elaboradores del Arroz, representados por la Asociación empresarial PYMEV-UNIADE (en representación de las empresas) y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT (en representación de los trabajadores). Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Empleo ordena la inscripción de la revisión salarial en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Revisión Salarial 2012: Se regularizan las tablas salariales de 2012 aplicando un incremento del 3,25% sobre las tablas de 2011. Tablas Salariales 2013: Se establecen las tablas salariales provisionales para 2013 aplicando un incremento del 1,9% sobre las tablas definitivas de 2012. Estas tablas son provisionales hasta su regularización con el IPC real de 2013. Detalle de las Tablas: Se incluyen anexos con las tablas salariales definitivas de 2012 y las provisionales de 2013, especificando los salarios base para diferentes categorías profesionales, así como los importes de pluses (convenio, transporte, cuarto turno) y dietas. También se detallan las cantidades correspondientes a la jubilación voluntaria a diferentes edades. Facultad para Gestiones:** Se faculta a una persona específica para realizar las gestiones necesarias para la inscripción del acuerdo. En resumen, la resolución oficializa los acuerdos alcanzados por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para actualizar los salarios de los trabajadores del sector arrocero para los años 2012 y 2013, garantizando su aplicación y transparencia mediante su publicación en el BOE.

Visto el texto del acta de fecha 7 de febrero de 2013 donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2012 y las provisionales para el año 2013 del Convenio colectivo estatal de la industria de elaboradores del arroz (código de Convenio n.º 99000335011981) que fue suscrito por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la Asociación empresarial PYMEV-UNIADE en representación de las empresas del sector y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de febrero de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ

Asistentes:

PYMEV-UNIADE:

Don Moisés Tornadijo.

Don Pablo Albendea.

Doña Lucía García.

CC.OO.:

Don José Vte. Canet.

UGT:

Don Sebastián Serena.

En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 12:00 horas del 7 de febrero de 2013, tiene lugar la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2012 y la confección de las tablas salariales para 2013 de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del convenio vigente.

En tal sentido, la Comisión Paritaria acuerda regularizar las tablas salariales de 2012 aplicando un incremento del 3,25% (2,9+0,35) sobre las tablas de 2011 definitivas, dando estas como resultado las tablas salariales definitivas de 2012 a todos los efectos. Sobre estas tablas resultantes, se aplicará el incremento salarial para el año 2013 que es de un 1,9% (1,5+0,40), dando como resultado la tabla salarial provisional de dicho año y hasta su regularización con el IPC real de 2013.

Se adjuntan Tablas Salariales definitivas correspondientes a 2012 (anexo I) y Tablas Salariales provisionales de 2013 (anexo II) para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se faculta a Lucía García Rodríguez con DNI número 52657473P para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.

Se levanta la sesión siendo las 13:00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada Organización.–UNIADE.–CC.OO.–UGT.

ANEXO I

Tabla salarial 2012 (definitiva)

(3,25% sobre tablas salariales de 2011 definitivas)

Plus Convenio: 6,08 euros por día trabajado.

Plus Transporte: 3,05 euros por día trabajado.

Dietas:

Completa: 8,35 euros.

Media: 4,18 euros.

Plus cuarto turno: 73,39 euros/semanales.

Jubilación voluntaria:

60 años: 4.376,47 euros.

61 años: 3.938,83 euros.

62 años: 3.501,19 euros.

63 años: 3.063,53 euros.

64 años: 2.387,24 euros.

ANEXO II

Tabla salarial 2013 (provisional)

(1,9% sobre tablas salariales de 2012 definitivas)

Plus Convenio: 6,20 euros por día trabajado.

Plus Transporte: 3,11 euros por día trabajado.

Dietas:

Completa: 8,50 euros.

Media: 4,26 euros.

Plus cuarto turno: 74,79 euros/semanales.

Jubilación voluntaria:

60 años: 4.459,63 euros.

61 años: 4.013,67 euros.

62 años: 3.567,72 euros.

63 años: 3.121,74 euros.

64 años: 2.432,60 euros.

Categorías

Salario

–

Euros

Personal Técnico:

Jefe de Sección

1.033,54

Oficial 1.ª

974,02

Oficial 2.ª

943,40

Telefonista

943,40

Auxiliar Administrativo

897,50

Personal de Producción:

Molero y Oficial 1.ª

32,48

Encargado

31,46

Conductor y Maquinista

30,62

Ayudante de Molero

30,27

Oficial Especialista

29,91

Oficial Esp. Carretillero

30,27

Peón Especialista

29,68

Peón

26,95

Personal Subalterno:

Portero

879,99

Vigilante

879,99

Vigilante Jurado

897,50

Ordenanza y Pers. Limp.

840,74

Personal de Oficios Varios:

Oficial 1.ª

32,48

Oficial 2.ª

30,27

Oficial 3.ª

29,91

Categorías

Salario

–

Euros

Personal Técnico:

Jefe de Sección

1.053,18

Oficial 1.ª

992,53

Oficial 2.ª

961,32

Telefonista

961,32

Auxiliar Administrativo

914,55

Personal de Producción:

Molero y Oficial 1.ª

33,10

Encargado

32,06

Conductor y Maquinista

31,20

Ayudante de Molero

30,85

Oficial Especialista

30,48

Oficial Esp. Carretillero

30,85

Peón Especialista

30,25

Peón

27,46

Personal Subalterno:

Portero

896,71

Vigilante

896,71

Vigilante Jurado

914,55

Ordenanza y Pers. Limp.

856,71

Personal de Oficios Varios:

Oficial 1.ª

33,10

Oficial 2.ª

30,85

Oficial 3.ª

30,48

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.