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Resolución de 24 de septiembre de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente correspondiente al recurso contencioso-administrativo n.º 150/2008, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4.ª y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2008-16365·10 de octubre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 24 de septiembre de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente correspondiente al recurso contencioso-administrativo n.º 150/2008, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4.ª y se emplaza a los interesados en el mismo.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuatro, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por Unio de Pagesos de Catalunya, contra la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases destinadas a su financiación.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.

Madrid, 24 de septiembre de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Esteban Rodríguez Vera.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.