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Resolución de 24 de junio de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2022-10513·25 de junio de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 24 de junio de 2022 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) actualizados de diversas labores de tabaco, incluyendo cigarrillos, cigarros, cigarritos y picaduras de pipa, en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre (estanqueros) y, en última instancia, a los consumidores de productos de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de Precios: Se fijan los precios de venta al público (PVP), incluyendo todos los impuestos aplicables, para las labores de tabaco especificadas en la resolución. Los precios se detallan en listas separadas para la Península e Islas Baleares, y para Ceuta y Melilla, reconociendo las diferencias fiscales entre estos territorios. Tipos de Productos: La resolución cubre una amplia gama de productos de tabaco, incluyendo cigarrillos, cigarros y cigarritos, así como picaduras de pipa. Entrada en Vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento Legal: La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a regular los precios de venta al público de las labores de tabaco. Ámbito Geográfico:** La resolución distingue entre los precios aplicables en la Península e Islas Baleares y los precios aplicables en Ceuta y Melilla, debido a las diferencias en la fiscalidad y otros factores económicos.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARRILLOS

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

C) PICADURAS DE PIPA

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

A) PICADURAS DE PIPA

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de junio de 2022.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.S. (artículo 7 del Estatuto del Comisionado para el Mercado de Tabacos, aprobado por Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre), el Vicepresidente, Alberto Salcines Sáez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.