resolucionVigente

Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Tráfico, por la que se corrigen errores en la de 14 de enero de 2026, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2026.

BOE-A-2026-7127·28 de marzo de 2026·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) de fecha 23 de marzo de 2026, cuyo objeto principal es la corrección de errores detectados en una resolución anterior, específicamente la Resolución de 14 de enero de 2026, que establecía medidas especiales de regulación del tráfico para el año 2026. A quién afecta: Esta resolución afecta a todos los usuarios de las carreteras españolas, especialmente a aquellos que circulen por las vías y en las fechas afectadas por las medidas especiales de regulación de tráfico establecidas en la resolución original de enero. En particular, afecta a aquellos que consulten el Anexo VIII de la resolución original, que detalla las carreteras con medidas excepcionales de circulación debido a la alta concentración de vehículos en lugares de especial protección, eventos deportivos y otros eventos. Disposiciones más relevantes: La resolución reconoce la existencia de un error en la tabla del Anexo VIII de la resolución de enero, específicamente en la fila 13ª. Se procede a la rectificación del texto erróneo, sustituyendo la información incorrecta por la correcta. La tabla especifica las carreteras afectadas por medidas especiales de circulación. La corrección se realiza para asegurar la correcta aplicación de las medidas de regulación de tráfico y evitar confusiones entre los usuarios de las carreteras. La resolución es firmada por el Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella, lo que le confiere validez y oficialidad. En resumen, esta resolución es un acto administrativo de corrección de errores que busca garantizar la precisión y la correcta aplicación de las medidas de regulación de tráfico establecidas para el año 2026, afectando a todos los usuarios de las carreteras españolas.

Advertido error en el texto remitido para la publicación de la Resolución de esta Dirección General de 14 de enero de 2026, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» número 18, del martes 20 de enero, a continuación, se transcribe la oportuna rectificación:

En la página 9033, tabla del anexo VIII, carreteras con medidas excepcionales de circulación por elevada concentración de vehículos en determinados lugares de especial protección, acontecimientos deportivos y otros eventos (apartado D.1.2 de la resolución), en la fila 13.ª, donde dice:

Debe decir:

Madrid, 23 de marzo de 2026.–El Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.