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Resolución de 23 de marzo de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo 2/22/2008, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección quinta y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-5477·1 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España, fechada el 23 de marzo de 2009. Su objeto principal es dar cumplimiento a una solicitud del Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, en relación con el recurso contencioso administrativo número 2/22/2008. La resolución afecta principalmente a: Neopas Cogeneración, S.L. y Leche Pascual, S.L., empresas que interpusieron el recurso contencioso administrativo. Todas aquellas personas físicas y jurídicas que se hayan beneficiado o puedan beneficiarse del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007, impugnado en el recurso. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: 1. Orden de remisión del expediente administrativo: Se acuerda enviar al Tribunal Supremo el expediente administrativo completo relacionado con el recurso contencioso administrativo interpuesto por Neopas Cogeneración, S.L. y Leche Pascual, S.L. contra el Acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2008-2012. 2. Emplazamiento a terceros interesados: Se notifica y se emplaza a cualquier persona física o jurídica que se haya beneficiado o pueda beneficiarse del Acuerdo impugnado, o que tenga un interés directo en su mantenimiento, para que comparezcan y se personen ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución. Este emplazamiento tiene como objetivo garantizar que todos los posibles afectados tengan la oportunidad de defender sus intereses en el proceso judicial. En resumen, la resolución es un acto administrativo de trámite que busca asegurar el correcto desarrollo del proceso judicial contencioso administrativo, facilitando la información necesaria al Tribunal Supremo y garantizando la participación de todos los interesados en el litigio.

L. , contra Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007, por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012. Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

–El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Diego Chacón Ortiz.

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