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Resolución de 23 de julio de 2019, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con la Ley 17/2019, de 8 de abril, de concesión de créditos suplementarios para atender gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales pendientes de pago en el ámbito de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, y de modificación del Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca.

BOE-A-2019-11188·30 de julio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Coordinación Territorial que publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El objeto principal del Acuerdo es iniciar negociaciones para resolver las discrepancias existentes en relación con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/2019 de las Illes Balears. Esta ley trata sobre la concesión de créditos suplementarios para gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales relacionadas con la Ley 4/2008 (desarrollo territorial sostenible) y la modificación del Decreto-ley 2/2018 (ayudas por las inundaciones de 2018 en Mallorca). El acuerdo afecta principalmente a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ya que son las partes involucradas en la Comisión Bilateral de Cooperación. Indirectamente, afecta a los beneficiarios de los créditos suplementarios y ayudas contemplados en las leyes mencionadas, así como al desarrollo territorial sostenible de las Illes Balears. Las disposiciones más relevantes del Acuerdo son: Inicio de negociaciones: Se acuerda iniciar negociaciones para resolver las discrepancias en relación con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 17/2019. Designación de un grupo de trabajo: Se crea un grupo de trabajo para proponer una solución a la Comisión Bilateral de Cooperación. Comunicación al Tribunal Constitucional: Se comunica el Acuerdo al Tribunal Constitucional, tal como exige la ley. Publicación oficial: Se ordena la publicación del Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). En resumen, el documento formaliza el inicio de un proceso de diálogo y negociación entre el Estado y las Illes Balears para resolver diferencias interpretativas sobre una ley autonómica que afecta a la financiación de sentencias judiciales y ayudas por desastres naturales.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 23 de julio de 2019.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con la Ley 17/2019, de 8 de abril, de concesión de créditos suplementarios para atender gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales pendientes de pago en el ámbito de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, y de modificación del Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias en relación con la disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril, de concesión de créditos suplementarios para atender gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales pendientes de pago en el ámbito de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, y de modificación del Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca.

2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.