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Resolución de 22 de junio de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la escala salarial correspondiente al año 2008 del Convenio colectivo de las Cajas de Ahorros, así como las cuantías del plus de funciones de ventanilla, de chóferes y del plus convenio.

BOE-A-2009-11315·8 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y publica la escala salarial definitiva correspondiente al año 2008 del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros. También incluye las cuantías actualizadas del plus de funciones de ventanilla, del plus de chóferes y del plus convenio. A quién afecta: A las Cajas de Ahorros adheridas al Convenio Colectivo. A los trabajadores de las Cajas de Ahorros representados por los sindicatos COMFIA-CC.OO. y CSICA. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción de la escala salarial en el registro correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Escala Salarial 2008: Se detallan las tablas salariales para los años 2007 y 2008, mostrando un incremento del 2% para el año 2008. Las tablas especifican los salarios base anuales y mensuales (en 12 pagas) para diferentes niveles dentro de los Grupos 1 y 2 del convenio. Plus de Ventanilla y Chóferes: Se establecen las cuantías mensuales del plus de funciones de ventanilla y del plus de chóferes, también con un incremento del 2% para el año 2008. Plus Convenio: Se establecen las cuantías mensuales del plus convenio para los diferentes niveles dentro de los Grupos 1 y 2 del convenio, también con un incremento del 2% para el año 2008. Comisión Mixta Interpretativa:** Se menciona que la escala salarial fue suscrita por la Comisión Mixta Interpretativa del Convenio, integrada por representantes de las empresas (ACARL) y los sindicatos. En resumen, la resolución oficializa y hace pública la actualización salarial para el año 2008 de los trabajadores de las Cajas de Ahorros, incluyendo el salario base y los pluses específicos, garantizando su aplicación conforme al Convenio Colectivo.

Visto el texto de la escala salarial oficial y definitiva correspondiente al año 2008 del Convenio colectivo de las Cajas de Ahorros, así como las cuantías del plus de funciones de ventanilla, del plus de chóferes y la cuantía variable por nivel retributivo del plus Convenio (código de Convenio número 9900785), que fue suscrito con fecha 8 de mayo de 2009 por la Comisión Mixta Interpretativa del Convenio en la que están integradas la Asociación de Cajas de Ahorros para Relaciones Laborales (ACARL) y los sindicatos COMFIA-CC.OO. y CSICA, firmantes de dicho Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada escala salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Mixta Interpretativa.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de junio de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ESCALA SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS CAJAS DE AHORRO, ASÍ COMO LAS CUANTÍAS DEL PLUS DE FUNCIONES DE VENTANILLA, DE CHÓFERES Y DEL PLUS CONVENIO

Plus Convenio 2008

TABLA SALARIAL C.C. DE LAS CAJAS DE AHORROS

Años 2007-2008

(12 pagas)

CONCEPTOS SALARIALES

Año 2007(BOE 5-7-08)–Euros

Año 2008Incremento 2%–Euros

Grupo 1:Nivel I

598,26

610,23

Nivel II

503,69

513,76

Nivel III

447,02

455,96

Nivel IV

422,69

431,14

Nivel V

409,26

417,45

Nivel VI

395,81

403,73

Nivel VII

377,88

385,44

Nivel VIII

365,21

372,51

Nivel IX

346,11

353,03

Nivel X

329,88

336,48

Nivel XI

294,19

300,07

Nivel XII

251,49

256,52

Nivel XIII

201,19

205,21

Grupo 2:Nivel I

318,27

324,64

Nivel II

301,39

307,42

Nivel III

284,35

290,04

Nivel IV

249,13

254,11

Nivel V

238,47

243,24

Año 2007(BOE 5-7-08)–Euros

Año 2008Incremento 2%–Euros

Grupo 1:Nivel I

28.716,69

29.291,02

Nivel II

24.177,16

24.660,70

Nivel III

21.456,91

21.886,05

Nivel IV

20.289,36

20.695,15

Nivel V

19.644,18

20.037,06

Nivel VI

18.999,03

19.379,01

Nivel VII

18.138,31

18.501,08

Nivel VIII

17.529,98

17.880,58

Nivel IX

16.613,11

16.945,37

Nivel X

15.833,84

16.150,52

Nivel XI

14.121,09

14.403,51

Nivel XII

12.071,41

12.312,84

Nivel XIII

9.657,12

9.850,26

Grupo 2:Nivel I

15.276,91

15.582,45

Nivel II

14.466,79

14.756,13

Nivel III

13.648,64

13.921,61

Nivel IV

11.958,29

12.197,46

Nivel V

11.446,44

11.675,37

Pers. Limpieza

6,43

6,56

Año 2007(BOE 5-7-08)–Euros

Año 2008Incremento 2%–Euros

Plus de funciones de ventanilla

383,56

391,23

Plus chóferes

416,93

425,27

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.