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Resolución de 22 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 2/183/2009, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección cuarta, del Tribunal Supremo, y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-12824·1 de agosto de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Dirección General de Política Universitaria del gobierno español. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo relacionado con un recurso contencioso-administrativo (número 2/183/2009); y segundo, emplazar a terceros interesados en el resultado del recurso a personarse ante el Tribunal Supremo. A quién afecta: Principalmente, afecta al Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia, que es quien interpuso el recurso contencioso-administrativo. También afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas que puedan tener derechos derivados del Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, o que tengan un interés directo en el mismo. Esto incluye, potencialmente, a universidades, estudiantes de ingeniería, otros colegios profesionales, y cualquier entidad que se vea afectada por las condiciones establecidas para los planes de estudio de ingeniería. Disposiciones más relevantes: Remisión del expediente: Se ordena a la Dirección General de Política Universitaria enviar al Tribunal Supremo toda la documentación administrativa relacionada con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de diciembre de 2008, que es el objeto del recurso. Emplazamiento a terceros interesados: Se concede un plazo de nueve días, a partir de la notificación o publicación de la resolución, para que cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por el resultado del recurso se persone ante el Tribunal Supremo para defender sus intereses. Este emplazamiento es crucial para garantizar que todas las partes interesadas tengan la oportunidad de participar en el proceso judicial. Fundamento legal:** La resolución se basa en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establecen los procedimientos para la remisión de expedientes y el emplazamiento de terceros en este tipo de recursos. En resumen, la resolución es un acto administrativo procesal que busca asegurar que el Tribunal Supremo tenga toda la información necesaria para resolver el recurso contencioso-administrativo y que todas las partes con un interés legítimo tengan la oportunidad de participar en el proceso.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección cuarta, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo núm. 2/183/2009, interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia, contra el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 26 de diciembre de 2008, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero. Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución recurrida y a quienes tuvieran interés directo para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

–El Director General de Política Universitaria, Felipe Pétriz Calvo.

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