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Resolución de 22 de julio de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda 2010 al Convenio de colaboración con el Gobierno de Cantabria, para la prestación del servicio de asistencia y rescate en áreas de montaña.

BOE-A-2010-12313·31 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior que publica en el Boletín Oficial del Estado la Adenda 2010 a un convenio de colaboración preexistente entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil) y el Gobierno de Cantabria. El objeto principal de la Adenda es prorrogar durante el año 2010 la colaboración entre ambas instituciones para la prestación del servicio de asistencia y rescate en áreas de montaña o análogas dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Esta colaboración se basa en un convenio original firmado el 28 de noviembre de 2007. La Adenda afecta directamente al Ministerio del Interior (específicamente a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil) y al Gobierno de Cantabria, estableciendo las condiciones para la continuación de su cooperación en materia de rescate en montaña. Indirectamente, beneficia a los ciudadanos que practican actividades en áreas de montaña en Cantabria, al garantizar la continuidad del servicio de asistencia y rescate. Las disposiciones más relevantes de la Adenda son: Fundamentación: Se basa en el convenio de colaboración de 2007 y en la voluntad de ambas partes de continuar colaborando. Financiación: El Gobierno de Cantabria aporta 15.000 euros para el ejercicio 2010, con un calendario de pagos y justificaciones. El 75% del pago se realiza a la firma del documento y el 25% restante tras la justificación del primer pago. Vigencia:** La Adenda tiene una vigencia limitada al año 2010, finalizando el 31 de diciembre de ese año. En resumen, la Adenda 2010 asegura la continuidad de la colaboración entre el Gobierno central y el Gobierno de Cantabria en un servicio esencial para la seguridad en la montaña, estableciendo las condiciones financieras y temporales para su ejecución durante el año 2010.

Habiéndose suscrito con fecha 2 de marzo de 2010, la Adenda 2010 al Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil) y el Gobierno de Cantabria para la prestación del servicio de asistencia y rescate en áreas de montaña, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 22 de julio de 2010.–La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, María Ángeles González García.

ANEXO

Adenda 2010 al Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil) y el Gobierno de Cantabria para la prestación del servicio de asistencia y rescate en áreas de montaña

En Madrid, a 2 de marzo de 2010

REUNIDOS

De una parte don José Vicente Mediavilla Cabo, Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, de conformidad con lo establecido en el artículo 33. k) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De otra parte, don Alfredo Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, y la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Ambas partes se reconocen capacidad legal para el presente acto y

MANIFIESTAN

1.º Fruto de la necesaria colaboración en una materia en la que se ostentan competencias compartidas de ejecución, según queda regulado en la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil y la Ley de Cantabria 1/2007, de 1 de marzo, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria, se suscribió, con fecha 28 de noviembre de 2007, por el Ministerio del Interior y el Gobierno de Cantabria un Convenio de colaboración cuyo objeto es la prestación del servicio de asistencia y rescate en áreas de montaña o análogas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2.º Que de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta del Convenio, las partes acordaron la posibilidad de prorrogar el convenio por períodos anuales.

3.º Que ambas partes consideran de interés mantener la colaboración durante el año 2010, para lo cual se acuerda suscribir la presente Adenda, que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.–La presente Adenda se fundamenta en el Convenio de colaboración suscrito el día 28 de noviembre de 2007 entre el Ministerio del Interior y el Gobierno de Cantabria. Mediante ella las partes suscribientes desean continuar con la colaboración en las actividades que vienen desarrollando en ejecución del mencionado Convenio.

Segunda.–El Gobierno de Cantabria realizará durante el ejercicio 2010 una aportación de quince mil euros (15.000 euros), y su financiación será con cargo al concepto presupuestario 02.04.134M.401.

El pago se realizará de la forma siguiente: 75 % a la firma del presente documento y el 25 % restante una vez justificado el 75 % inicial. Esta justificación deberá hacerse antes del 15 de noviembre de 2010.

La justificación final se realizará durante el mes de enero de 2011.

Tercera.–La vigencia de la Adenda finalizará el 31 de diciembre de 2010.

Y en prueba de la conformidad de las partes, firman la Adenda por cuadruplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.–El Consejero de Presidencia y Justicia, José Vicente Mediavilla Cabo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.