resolucionVigente

Resolución de 22 de enero de 2008, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la cesión temporal de la exposición «Y llegaron los Incas».

BOE-A-2008-2799·15 de febrero de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 22 de enero de 2008, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la cesión temporal de la exposición «Y llegaron los Incas».

El Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Andalucía han suscrito un Convenio de colaboración para la cesión temporal de la exposición «Y llegaron los Incas», producida por el Ministerio de Cultura, para su exhibición en el Museo de Almería, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el boletín oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de enero de 2008.-El Director General de Cooperación y Comunicación Cultural, Carlos Alberdi Alonso.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura de la de la Junta de Andalucía para la cesión temporal de la exposición «Y llegaron los Incas», producida por el Ministerio de Cultura, para su exhibición en el Museo de Almería

Madrid, a 28 de septiembre de 2007

REUNIDOS

De una parte, el Ministro de Cultura, don César Antonio Molina Sánchez, nombrado mediante el Real Decreto 960/2007, de 6 de julio, actuando en representación del Ministerio de Cultura, en virtud de las competencias que le vienen conferidas por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en relación con el párrafo k) del artículo 4.1 del Real Decreto 1601/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura (en adelante, «el Ministerio»).

Y, de otra, la Consejera de Cultura de la Junta de Andalucía, doña Rosario Torres Ruiz, actuando en representación de la Junta de Andalucía de acuerdo con sus facultades conferidas por el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en virtud del Decreto del Presidente 12/2004, de 24 de abril, por el que se designan Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía. Ambas partes se reconocen mutuamente su plena competencia y capacidad para suscribir el presente Convenio de colaboración para la cesión temporal en nombre de las instituciones a las que representan y

MANIFIESTAN

Primero.-Que el Ministerio de Cultura tiene entre sus principales objetivos la difusión y promoción del arte, por medio de la organización y promoción de exposiciones y otros eventos similares para la difusión de la cultura.

Segundo.-Que a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía corresponde, entre otras competencias, la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones. Tercero.-Que el Museo de Almería es una unidad dependiente de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Cuarto.-Que las partes acuerdan que la exposición «Y llegaron los incas», producida por el Ministerio, será mostrada por la parte receptora, con arreglo al calendario que se detalla en la cláusula segunda. Quinto.-Que el Ministerio autoriza a la parte receptora a exhibir la exposición con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-Por el presente Convenio el Ministerio cede temporalmente a la parte receptora la exposición «Y llegaron los incas», que ha sido producida por el citado Ministerio (en adelante, «la exposición»), y cuya relación se adjunta como anexo al presente Convenio. El Ministerio se reserva la coordinación de la exposición. El anexo contiene la lista de obras que forman parte de la exposición. No podrá omitirse ni añadirse ningún componente de la misma sin permiso previo del Ministerio. Este anexo deberá ser firmado a la recepción de las obras por la entidad receptora y remitido al Ministerio. Segunda. Calendario y sedes.-El período de cesión de la exposición será el comprendido entre el 5 de noviembre de 2007 y el 30 de enero de 2008, incluidos los períodos de montaje y desmontaje. Las fechas y la sala de exhibición serán las siguientes:

Del 15 de noviembre de 2007 al 20 de enero de 2008 en la Sala de Exposiciones Temporales del Museo de Almería, en la ciudad de Almería.

Tercera. Seguro.-El Ministerio ha contratado para las obras cedidas un seguro para obras de arte, a todo riesgo, en la modalidad «clavo a clavo». El coste del seguro no podrá superar el importe de 11.000 euros y el gasto se imputará al concepto presupuestario 24.03.224 del programa 333B.

Cuarta. Seguridad.-La parte receptora, que será la responsable de la seguridad de la exposición, proporcionará con antelación un informe de condiciones técnicas confirmando la idoneidad de sus locales y de su personal para recibir, manejar y presentar de forma segura la exposición. Las condiciones de seguridad de la exposición seguirán las Directrices para los Acuerdos de Préstamo del ICOM de 1974. Quinta. Comunicación de desperfectos.-La parte receptora o el personal de las salas de exhibición no podrán manipular ni restaurar ninguna de las obras de la exposición sin el previo conocimiento y consentimiento del Ministerio mientras dure el período de cesión. Si se produjera algún desperfecto en las obras cedidas durante el citado período, la entidad receptora deberá comunicar inmediatamente al Ministerio el desperfecto producido. Sexta. Transporte.-El transporte de las obras en su recorrido Madrid-Almería-Madrid correrá a cargo de la entidad receptora. El transporte se efectuará por una empresa de transporte de toda solvencia técnica, comunicada y aceptada previamente por el Ministerio. Séptima. Desembalaje y reembalaje.-La construcción de los embalajes de las obras integrantes de la exposición, así como el desembalaje y el reembalaje de las obras que integran la exposición, serán responsabilidad de la entidad receptora. La construcción de los embalajes se efectuará por una empresa de toda solvencia técnica, comunicada y aceptada previamente por el Ministerio, y su importe total ha sido dividido y costeado por las tres entidades receptoras de la exposición, el Museo San Telmo de San Sebastián, el Museo de Bellas Artes de Budapest y el Museo de Almería. El personal de la sala que realice la exposición, responsable del desembalaje y el reembalaje en su sede, examinará las piezas en el momento del desembalaje y del embalaje para hacer constar cualquier anomalía. Los objetos se devolverán con el mismo embalaje en que se hayan recibido o, en el supuesto de que su deterioro impidiera su reutilización, y a cargo de la entidad receptora, con otros materiales de similares características y calidad, respetándose en todo caso el modo y forma de embalaje en el que fueron recibidos. Octava. Montaje y desmontaje.-La parte receptora se hará cargo, de acuerdo con las indicaciones que proporcione el Museo de América (vitrinas necesarias, climatización, iluminación, etc.), de los gastos que se deriven de las operaciones de acondicionamiento de la sala, montaje y desmontaje de la muestra, para lo cual empleará personal especializado. Este último aspecto se realizará sin perjuicio del posible envío de un representante del Ministerio para asistir al montaje y al desmontaje. Novena. Comisario de la exposición.-Las creadoras científicas y Comisarías de la exposición son doña Ana Verde y doña María Jesús Jiménez. Corresponderá a la entidad receptora sufragar, para una de las Comisarias, los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento en la ciudad de la exposición para asistir al montaje y a la inauguración de la misma, y también los citados gastos para una restauradora o conservadora del Museo de América para asistir al montaje de la exposición. En el caso de que esta labor no pueda ser realizada por las Comisarias, el Ministerio podrá designar a una persona en las mismas condiciones económicas. Décima. Asunción de gastos.-La Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, asume, con cargo a la partida presupuestaria «Plan de dinamización de Museos», programa 45I, servicio 01/03, concepto 0100060574054, la siguiente relación de gastos derivados de la exposición:

Transporte, embalaje y desembalaje: 15.265,60 euros.

Montaje y desmontaje: 50.000 euros. Comisarios: 2.000 euros. Adaptación de diseño expositivo y propuesta técnica de ejecución: 12.734,40 euros.

El importe de los gastos derivados de los compromisos que para la exhibición de la exposición asume la Junta de Andalucía, ascendente a 80.000 euros, serán satisfechos con cargo a la partida presupuestaria «Plan de dinamización de Museos», programa 45I, servicio 01/03, concepto 0100060574054.

Undécima. Catálogo.-Existe un catálogo de la exposición, editado por el Ministerio. La parte receptora, en caso de estar interesada en la compra de ejemplares de dicho catálogo, deberá acordar con el Servicio de Publicaciones del Ministerio las condiciones de su venta. Con cargo a la parte receptora, dicho catálogo podrá ser adaptado a su sede, previo consentimiento del Ministerio, y de acuerdo con la cláusula decimotercera en lo relativo a los logos, créditos y textos institucionales. Duodécima. Derechos de autor.-En la parte ilustrada del catálogo, el cartel, los prospectos informativos, así como en Internet, debe mencionarse a los autores de las obras y de los textos. En el caso de que la entidad receptora quisiera reproducir alguna de las obras de la exposición en el catálogo, en los prospectos informativos editados al efecto, en Internet, así como en los espacios informativos, deberá solicitarlo previamente al Ministerio. En su caso, será necesario celebrar un acuerdo suplementario sobre las condiciones de dicha reproducción y las condiciones de los derechos de autor. Decimotercera. Créditos y publicidad.-En todas las ediciones de publicidad, invitaciones, anuncios, catálogo, página Web y materiales educativos relacionados con la exposición, así como en cualquier otro lugar en que se mencione la muestra, deben figurar los créditos institucionales del Ministerio de Cultura. El logotipo del Ministerio y del Museo de América aparecerá de manera destacada en estos créditos junto con el texto «Exposición producida por el Ministerio de Cultura». El Ministerio deberá aprobar previamente las pruebas de dichas ediciones de publicidad y el resto del material impreso. Una vez concluida la exposición, la parte receptora enviará al Ministerio un dossier de prensa, el número de visitantes, así como un reportaje fotográfico de la exposición para la campaña de divulgación de la actividad del Ministerio. Decimocuarta. Naturaleza del Convenio.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, resultando de aplicación el mismo con carácter supletorio, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 3.2. Decimoquinta. Resoluciones de controversias.-En caso de desacuerdo entre las partes se tratará de resolver, en primer lugar mediante negociación amistosa, en una atmósfera de mutuo respeto. De persistir alguna controversia, los conflictos que puedan originarse serán decididos por la jurisdicción contencioso-administrativa. Decimosexta. Vigencia.-El presente convenio se entenderá vigente desde la firma del mismo, hasta la conclusión del desmontaje de la exposición prevista para el 30 de enero de 2008. En caso de acordarse la prórroga del presente Convenio, la misma habrá de realizarse antes de la expiración del término establecido, previa propuesta motivada por las partes firmantes que contenga las razones que hagan aconsejable la misma. Las actividades que, se hayan realizado con carácter previo y tendentes a la consecución del objeto del convenio se entienden incluidas en el mismo.

Como prueba de conformidad, ambas partes firman este Convenio de colaboración por duplicado en el lugar y fecha indicados.-El Ministro de Cultura, César Antonio Molina Sánchez.-La Consejera de Cultura de la Junta de Andalucía, Rosario Torres Ruíz.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN

Listado de piezas. Exposición: «Y llegaron los Incas». Lugar: Museo de Almería. Fechas de la exposición: 15 de noviembre de 2007 al 20 de enero de 2008

Núm. de Inv.

Objeto

Medidas

Materia

Vasija globular

21,5 x 14 cm

Cerámica.

Vasija globular

20 x 14 cm

Cerámica.

Vasija globular

23 x 13,5 cm

Cerámica.

Vasija zoomorfa

19 x 15,5 cm

Cerámica.

Vasija escultórica

10 x 14,5 cm

Cerámica.

Vasija

20,5 x 10,4 cm

Cerámica.

Trompeta

22,7 x 9,5 cm

Cerámica.

91/11/14

Fragmento de tejido

155,5 x 56,5 cm.

97/03/7

Vasija

43 x 29 cm

Cerámica.

97/05/60

Molde

10,8 x 5 cm

Cerámica.

2002/05/001

Mortero

24 x 5,5 x 9,5 cm

Piedra.

2002/05/002

Cuenco

6,5 x 14 cm

Piedra.

2002/05/003

Máscara

14,5 x 18,5

Piedra.

2002/05/004

Mortero

10 x 17,5 cm

Piedra.

2002/05/007

Vaso

11,5 x 8 cm

Piedra y cinabrio.

2002/05/008

Botella silbadora

18,5 x 21 cm

Cerámica.

2002/05/009

Botella antropomorfa

19,5 x 14,5 cm

Cerámica.

2002/05/010

Vasija

22,5 x 17 cm

Cerámica.

2002/05/011

Vasija

27 x 12 cm

Cerámica.

2002/05/012

Vaso ceremonial

20,5 x 17 cm

Cerámica.

2002/05/013

Vaso ceremonial

Cerámica.

2002/05/014

Vasija antropomorfa femenina

17,5 x 15,5 cm

Cerámica.

2002/05/015

Vasija escultórica

26,5 x 13 cm

Cerámica.

2002/05/016

Vasija escultórica

20 x 10 cm

Cerámica.

2002/05/018

Vasija fitomorfa

17,5 x 16 cm

Cerámica.

2002/05/019

Vasija zoomorfa

17 x 9 cm

Cerámica.

2002/05/020

Vasija antropomorfa femenina

24,5 x 15 cm

Cerámica.

2002/05/023

Cabeza-trofeo

6 x 6 cm

Cerámica.

2002/05/026

Botella antropomorfa

Cerámica.

2002/05/028

Vasija

22,5 x 17 cm

Cerámica.

2002/05/029

Cuenco ceremonial

9 x 21 cm

Cerámica.

2002/05/030

Vasija antropomorfa

30 x 21,5 cm

Cerámica.

2002/05/031

Vasija

21 x 15 cm

Cerámica.

2002/05/032

Figura antropomorfa

56 x 34 cm

Cerámica.

2002/05/035

Vasija aribaloide

15 x 12 cm

Cerámica.

2002/05/039

Vasija antropomorfa

21,5 x 12,5 cm

Cerámica.

2002/05/042

Vasija

18 x 10 cm

Cerámica.

2002/05/045

Vasija

24,5 x 14 cm

Cerámica.

2002/05/046

Vasija escultórica

34 x 19 cm

Cerámica.

2002/05/047

Vasija

32 x 14,5 cm

Cerámica.

2002/05/052

Caja

10 x 16,5 cm

Madera.

2002/05/053

Figura antropomorfa

17 x 5 cm

Madera, turquesa, concha.

2002/05/055

Espejo

18 x 11,5 cm

Antracita.

2002/05/071

Collar

Oro, spondilus, sodalita.

2002/05/072

Collar

57 cm

Oro.

2002/05/073

Collar

26 cm

Oro.

2002/05/074

Collar

46 cm

Oro.

2002/05/075

Collar

46 cm

Oro.

2002/05/078

Collar

22 cm

Spondilus.

2002/05/086

Cabeza antropomorfa

5 x 4,5 cm

Oro, sodalita.

2002/05/087

Nariguera

9 x 14 cm

Oro.

2002/05/088

Brazalete

10 x 7 cm

Oro.

2002/05/089

Brazalete

14 x 10 cm

Oro.

2002/05/090

Lámina decorada

24,5 x 22 cm

Oro.

2002/05/091

Orejera

2 x 3,5 cm

Oro y plata.

2002/05/092

Pinza depilatoria

4,5 x 2,2 cm

Oro.

2002/05/093

Placa

3,3 cm

Oro.

2002/05/094

Lámina

3,3 cm

Oro.

2002/05/095

Lámina

7 x 4 cm

Oro.

2002/05/096

Lámina

7 x 4 cm

Oro.

2002/05/097

Lámina

14,5 x 3 cm

Oro.

2002/05/098

Placa

10,5 x 9 cm

Oro.

2002/05/099

Estólica

39 x 8 cm

Oro, hueso.

2002/05/100

Orejera

10 x 6 cm

Oro.

2002/05/101

Orejera

10 x 6 cm

Oro.

2002/05/102

Orejera

4,5 x 8,5 cm

Oro y piedras.

2002/05/103

Orejera

4,5 x 8,5 cm

Oro y piedras.

2002/05/104

Orejera

2,7 x 5 cm

Oro, plata, crisocola.

2002/05/105

Orejera

2,7 x 5 cm

Oro, plata, crisocola.

2002/05/106

Espejo

12,5 x 8,5 cm

Madera, piedras duras.

2002/05/107

Placa

24,5 x 22 cm

Plata.

2002/05/108

Colgante antropomorfo

3 x 4 cm

Plata.

2002/05/110

Tupu

16, 3 x 5,8 cm

Cobre.

2002/05/116

Tupu

12 x 5,1 cm

Cobre.

2002/05/119

Remate de cetro

3,8 x 5 cm

Cobre.

2002/05/122

Tumi (cuchillo)

25, 8 x 12,2 cm

Cobre.

2002/05/127

Colgante

10,5 x 3 x 0,7 cm

Piedra y cinabrio.

2002/05/128

Instrumento zoomorfo

13,5 x 1,5 cm.

2002/05/129

Orejera

6,5 x 4 cm

Madera.

2002/05/130

Orejera

6,5 x 4 cm

Madera.

2002/05/132

Cuchillo

20 x 6,5 cm

Obsidiana, madera.

2002/05/142

Macana

58 x 7 cm

Madera, concha, hueso.

2002/05/155

Porra estrellada

40 x 10 cm (fleco 29 cm)

Madera, metal, lana.

2002/05/157

Porra estrellada

44 x 11 cm (fleco 22 cm)

Madera, piedra, plumas.

2002/05/160

Porra estrellada

45 x 13,5 cm (flecos 25 cm)

Madera, metal, piel.

2002/05/170

Casco

27 x 23 cm

Fibra vegetal, madera.

2002/05/172

Tejido de plumas

35,7 x 102,5 cm

2002/05/175

Honda

345 x 6,4 cm

Fibra de camélido.

2002/05/178

Honda

154,5 x 2,2 cm

Fibra de camélido.

2002/05/179

Banda

160 x 5,7 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/184

Banda

87 x 11,5 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/203

Banda

80 x 11,3 cm

Fibra de camélido.

2002/05/207

Bolsa

82,5 x 71 cm

Fibra de camélido.

2002/05/218

Cordel polícromo

104 x 2 x 0,7 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/219

Banda

3,5 x 18 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/220

Banda

3,5 x 18 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/221

Banda

3,5 x 18 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/228

Gorro de cuatro puntas

10 x 14,5 cm

Fibra de camélido.

2002/05/243

Camisa o uncu

149 x 116 cm

Fibra de camélido.

2002/05/245

Manto (fragmento)

119 x 117'5 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/246

Camisa o uncu

206 x 118 cm

Algodón, fibra camélido.

2002/05/247

Manto

206 x 136 cm

Fibra de camélido.

2002/05/248

Panel textil

147,5 x 110 cm

Fibra de camélido.

Vasija

6,3 x 12,3 cm

Cerámica.

Vasija con asita lateral

16,7 x 5 cm

Cerámica.

Figura antropomorfa

15,3 x 4 cm

Plata, oro, mullu.

Máscara

19,7 x 31 cm

Cobre.

Cuchillo o tumi

27,7 x 11,9 cm

Cobre.

Colgante

7,7 x 12,7 cm

Cobre.

Cuchillo o tumi

2,8 x 13,4 cm

Plata.

Vaso cefaloforme

22,5 x 9,3 cm

Plata.

Figura zoomorfa

5,9 x 5,2 cm

Plata.

Vaso cefalomorfo

16,2 x 5,4 cm

Plata.

Figura antropomorfa

22,7 x 5,1 cm

Plata.

Figura antropomorfa

5,7 x 1,8 cm

Oro.

Brazalete / trucha

20,5 x 15,5 cm.

Vaso zoomorfo

19 x 10 cm

Madera.

Vaso

23,5 x 17,5 cm

Madera.

Vaso

27,7 x 14,5 cm

Madera.

Figura antropomorfa

4,1 x 1,7 cm

Piedra.

Colgante

3,7 x 1,4 cm

Piedra.

Colgante antropomorfo

12 x 1,5 cm

Hueso.

Cuenta de mullu

2 x 1,8 cm.

Vasija globular

35,8 x 10,4 cm

Cerámica.

Cuenco heptagonal

6,6 x 19,2 cm

Cerámica.

Vasija cefalomorfa

18,2 x 18 cm

Cerámica.

Vasija zoomorfa

11,4 x 11 cm

Cerámica.

Vasija

17,5 x 16,5 cm

Cerámica.

Garra de felino

7 x 5 cm

Cerámica.

Vasija zoomorfa

13 x 11 cm

Cerámica.

Vasija

13 x 11 cm

Cerámica.

Vasija

35 x 31 cm

Cerámica.

Vasija doble cefalomorfa

17,5 x 21,5 cm

Cerámica.

Vasija antropomorfa

22 x 10 cm

Cerámica.

Vasija ceremonial

8,1 x 15,6 cm

Cerámica.

Vasija aríbalo

36 x 22 cm

Cerámica.

Vasija

12,8 x 10,4 cm

Cerámica.

Vasija

6,5 x 5 cm

Cerámica.

Plato de ofrendas

5,5 x 11,3 cm

Cerámica.

Vaso ceremonial

17,3 x 14 cm

Madera.

Vasija cefalomorfa

14,5 x 13,5 cm

Cerámica.

Mortero

9 x 25 cm

Piedra.

Recipiente zoomorfo

5,5 x 7,4 x 3,4 cm

Piedra.

Recipiente zoomorfo

4,5 x 7 x 4,2 cm

Piedra.

Concha de spondilus

3 x 10,3 cm.

Recipiente zoomorfo

6 x 8 cm

Piedra.

Recipiente zoomorfo

7 x 5 cm

Piedra.

Estela

26 x 8,3 cm

Piedra.

Figura antropomorfa

26,5 x 9,5 cm

Piedra.

Vasija doble

16,5 x 11 cm

Cerámica.

Vasija doble

20 x 12,7 cm

Cerámica.

Vasija escultórica

19,5 x 16 cm

Cerámica.

Vasija sandalia

18,5 x 9,3 cm

Cerámica.

Vasija globular

18,6 x 16,8 cm

Cerámica.

Vasija escultórica

24,5 x 12,3 cm

Cerámica.

Vasija escultórica

20,5 x 14,5 cm

Cerámica.

Vasija

18 x 17,5 cm

Cerámica.

Vasija doble

7,5 x 21 cm

Cerámica.

Vasija

17,2 x 18,5 cm

Cerámica.

Vasija escultórica

15 x 38 cm

Cerámica.

Vasija cefalomorfa

18,4 x 13,7 cm

Cerámica.

Vasija escultórica

20 x 21,5 cm

Cerámica.

Vasija

18,8 x 14 cm

Cerámica .

Vasija antropomorfa

39,5 x 23,5 cm

Cerámica.

Vasija cefalomorfa

29 x 13 cm

Cerámica.

Vasija (andenería)

17,5 x 29 x 17,5 cm

Cerámica.

Vasija doble

16 x 10 cm

Cerámica.

Molde antropomorfo

14 x 8,5 cm

Cerámica.

Trompeta

25 x 5,5 cm

Cerámica.

Figura antropomorfa

101 x 15,5 cm

Madera.

Tejido (fragmento)

15,7 x 5,5 cm

Algodón, fibra camélido.

Tejido (fragmento)

19 x 6,3 cm

Fibra camélido.

Tejido (fragmento)

30 x 30 cm

Fibra camélido.

Tejido a la aguja (fragmento)

50 x 10 cm.

Banda

62 x 5,5 cm

Algodón, fibra camélido.

Muestrario textil

52,5 x 17,5 cm

Algodón, fibra camélido.

Banda

69,5 x 4,2 cm

Algodón, fibra camélido.

Banda

205 x 6 cm

Algodón, fibra camélido.

Taparrabos

166,5 x 81 cm

Algodón, fibra camélido.

Tejido (fragmento)

38 x 29,5 cm

Fibra camélido.

Camisa o uncu

95 x 166 cm

Fibra camélido.

Bolsa

17 x 7 cm

Fibra camélido.

Vasija

21,8 x 18,2 cm

Cerámica.

Vasija

4,6 x 15,5 cm

Cerámica.

2002/05/150

Porra estrellada

38,5 x 8,5 cm

Madera, metal, fibra vegetal.

Figura antropomorfa

6,7 cm

Plata.

Vasija cefalomorfa

12,5 x 8,9 cm

Cerámica.

2002/05/123

Cuchillo decorado

22,5 x 7,4 cm

Cobre.

Vasija escultórica

17,7 x 14,5 cm

Cerámica .

Cabeza de piedra

21 x 14 cm.

Aríbalo

18,7 x 15,6 cm

Cerámica.

2002/05/209

Banda textil

194 cm x 14,2 cm

Cerámica.

Vasija nazca

14,2 cm x 7 cm

Cerámica.

Músico/falo Moche

16,5 cm x 13,5 cm.

2002/05/024

Vasija Nazca femenina

25 cm x 14 cm

Cerámica.

Fragmento bolsa Inca

27,5 cm x 17 cm

Textil.

Panel plumaria Intermedio tardío

170 cm x 66 cm

Plumaria.

Vasija pescador Nazca

20,2 cm

Cerámica.

2002/05/025

Vasija colobris Nazca

20 cm x 15 cm

Cerámica.

Vasija ave rapaz Moche

19 cm x 12,5 cm

Cerámica.

Colgante de mono Chimú

4,5 cm x 2,8 cm x 10,6 cm.

Tumi Inca

13,5 cm x 11cm.

Vasija Nazca de cara

15,5 cm x 13 cm

Cerámica.

Vasija Spondylus Chimú

Cerámica.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.