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Resolución de 22 de diciembre de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2008, del Protocolo general de colaboración, entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad de Madrid.

BOE-A-2009-1098·22 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un Convenio Específico para el año 2008, derivado de un Protocolo General de Colaboración previo (de 1999) entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad de Madrid. El objeto principal del convenio es establecer la colaboración y financiación para programas específicos de la Comunidad de Madrid en materia de drogodependencias durante el año 2008. Este convenio afecta directamente al Ministerio de Sanidad y Consumo (antes Ministerio del Interior) y a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, estableciendo obligaciones y derechos para ambas partes. Indirectamente, beneficia a las mujeres drogodependientes de la Comunidad de Madrid y a la población adolescente, joven, padres y educadores de la misma comunidad. Las disposiciones más relevantes son: Programas Financiados: Se especifican dos programas que recibirán financiación: una residencia de apoyo al tratamiento para mujeres drogodependientes y una campaña informativa para la prevención del consumo de cocaína y otras drogas dirigida a adolescentes, jóvenes, padres y educadores. Financiación: El Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará los programas con un total de 690.000 euros, provenientes del fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas. El pago se realizará tras la firma del convenio. Obligaciones de la Comunidad de Madrid: La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid se compromete a desarrollar los programas durante el año 2008 y a presentar un informe final y una certificación detallada del gasto realizado durante el primer trimestre del año siguiente. Reembolso: Si el gasto real es menor que la cantidad subvencionada, el remanente deberá ser reembolsado al Tesoro Público. Exclusión de la Ley de Contratos del Sector Público: El convenio se excluye de la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, pero se aplicarán los principios de dicha ley para resolver dudas y lagunas. Jurisdicción: Las controversias que puedan surgir se resolverán en la jurisdicción contencioso-administrativa.

Suscrito el 1 de diciembre de 2008, Convenio específico para el año 2008 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 20 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de diciembre de 2008.–El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO

Convenio específico para el año 2008 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 20 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad de Madrid

En Madrid, a 1 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, D. Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por R.D. 436/2008, de 12 de abril, BOE de 14 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el art. 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el art. 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra, la Excma. Sra. D.ª Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 7.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, modificada por Ley 1/2001, de 29 de marzo.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 20 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.–Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid en el año 2008 se concretará en el desarrollo de los programas:

Residencia de apoyo al tratamiento para mujeres drogodependientes derivadas por la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid: 650.000,00 .

Campaña informativa para la prevención del consumo de cocaína y otras drogas dirigidas a adolescentes y jóvenes, padres y educadores de la Comunidad de Madrid: 40.000,00 .

Segundo.–Que el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 17 de junio de 2008, con un total de 690.000,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.–Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.–Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid durante el ejercicio 2008.

Quinto.–Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público.

Sexto.–El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su artículo 4.1.c)., aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Sanidad y Consumo, D. Bernat Soria Escoms.–La Presidenta de la Comunidad de Madrid, D.ª Esperanza Aguirre Gil de Biedma.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.