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Resolución de 22 de agosto de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento abreviado número 195/2007, interpuesto por doña Teresita del Niño Jesús Saiz Poza, sobre consolidación de empleo para selección y provisión de plazas de ATS/DUE, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001.

BOE-A-2007-16078·7 de septiembre de 2007·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 22 de agosto de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento abreviado número 195/2007, interpuesto por doña Teresita del Niño Jesús Saiz Poza, sobre consolidación de empleo para selección y provisión de plazas de ATS/DUE, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001.

De conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, se participa que ante la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso Administrativo Sección cuatro) se tramita procedimiento Abreviado número 195/2007, promovido por doña Teresita del Niño Jesús Saiz Poza, contra la Orden SCO/4186/2006, de 22 de diciembre por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de ATS/DUE en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001. Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandados, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la forma establecida en la repetida Ley.

-La Secretaria General Técnica del Ministerio de Sanidad y Consumo, Ana Bosch Jiménez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.