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Resolución de 22 de abril de 2010, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se rectifican errores en la de 6 de abril de 2010, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2010 del Convenio de colaboración entre el Servicio Catalán de la Salud, el Instituto Catalán de la Salud, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

BOE-A-2010-7606·11 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) que rectifica errores materiales en una resolución anterior, específicamente la del 6 de abril de 2010, la cual publicaba el acuerdo de prórroga y actualización para el año 2010 de un convenio de colaboración. El objeto principal de esta resolución es corregir errores en la información publicada sobre el convenio de colaboración para la prestación de servicios sanitarios en zonas rurales de Cataluña a mutualistas y beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y la Mutualidad General Judicial (MUGEJU). Esta resolución afecta principalmente a: MUFACE, ISFAS y MUGEJU. El Servicio Catalán de la Salud y el Instituto Catalán de la Salud. Mutualistas y beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con las mutualidades mencionadas, que residan en zonas rurales de Cataluña. Proveedores de servicios sanitarios en zonas rurales de Cataluña que participan en el convenio. Las disposiciones más relevantes de la resolución son las siguientes correcciones: Se corrige la denominación de la Zona Básica de Salud de "Martorell" a "Martorell rural" para el municipio de Castellví de Rosanes. Se elimina el municipio de Amposta de la lista de municipios en la provincia de Tarragona. Se actualizan los precios por persona y mes para MUFACE, ISFAS y MUGEJU en Cataluña, diferenciados por grupos de edad (<60 años, =>60 y <70 años, y =>70 años), tanto para el Anexo III como para el Anexo IV del convenio. Se especifican los importes correctos en euros. En resumen, esta resolución es una corrección técnica que busca asegurar la precisión de la información publicada sobre el convenio de colaboración para la prestación de servicios sanitarios en zonas rurales de Cataluña, impactando directamente en la gestión y financiación de dichos servicios.

Advertido error material en la Resolución de 6 de abril de 2010, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2010 del Convenio de colaboración entre el Servicio Catalán de la Salud, el Instituto Catalán de la Salud, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades, publicada en el BOE número 96, de 21 de abril de 2010, se procede a rectificar los mismos:

En la página 35322, en la columna Zona Básica de Salud, donde figura «Martorell», referida al municipio de Castellví de Rosanes, ha de figurar «Martorell rural».

En la página 35335, Provincia: Tarragona, no ha de figurar el municipio de Amposta.

En la página 35337, anexo III (hoja 2), donde figura:

«Cataluña

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU < 60 años: euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU =>60 y <70 años: euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU => 70 años: euros/mes en el 2010.»

Ha de figurar:

«Cataluña

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU < 60 años: 13,68 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU =>60 y <70 años: 15,75 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU => 70 años: 16,45 euros/mes en el 2010.»

En la página 35337, anexo IV (hoja 1), y en la página 35338, anexo IV (hoja 2), donde figura:

«Cataluña

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU < 60 años: euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU =>60 y <70 años: euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU => 70 años: euros/mes en el 2010.»

Ha de figurar:

«Cataluña

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU < 60 años: 1,17 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU =>60 y <70 años: 1,36 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE, ISFAS y MUGEJU => 70 años: 1,41 euros/mes en el 2010.»

Madrid, 22 de abril de 2010.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, José M.ª Fernández Lacasa.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.