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Resolución de 21 de julio de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con Telefónica, SA.

BOE-A-2020-8572·25 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Esta resolución publica en el BOE la segunda Adenda al convenio entre el Museo Nacional del Prado y Telefónica, que afecta a ambas instituciones. La adenda prorroga por cuatro años el convenio de 2016 para el patrocinio del programa de mejora del servicio de atención al visitante y modifica la cláusula sobre vigencia y régimen económico, permitiendo aportaciones en especie por parte de Telefónica. La adenda entra en vigor tras su inscripción en el registro correspondiente y publicación en el BOE.

El Museo Nacional del Prado y Telefónica, S.A., han suscrito la II Adenda al convenio firmado el 27 de julio de 2016, para el patrocinio del programa de actuación vinculado a la mejora del servicio de atención al visitante y otros usuarios, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio inicial, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 21 de julio de 2020.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO

II Adenda al Convenio entre el Museo Nacional del Prado y Telefónica, S.A. para el patrocinio del programa de actuación vinculado a la mejora del servicio de atención al visitante y otros usuarios firmado el 27 de julio de 2016.

En Madrid, a 20 de julio de 2020.

De una parte, el Museo Nacional del Prado (en adelante indistintamente Museo del Prado o MNP) con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, s/n, y NIF Q-2828018-H, representado en este acto por D. Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado nombrado por Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, y en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004 de 12 de marzo, en su artículo 7.2, letra l).

Y de otra, Telefónica, S.A. (en adelante Telefónica), con domicilio social en Madrid, calle Gran Vía, 28, y NIF. número A-28015865, representada en este acto por Dña. Cristina María Fernández Gómez, que actúa en su condición de apoderada de la entidad, facultada para este acto según la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid, D. José Miguel García Lombardía, el día 8 de marzo de 2018, con el número 1.048 de su protocolo.

Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente adenda, así como que sus poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que el Museo del Prado y Telefónica firmaron el 27 de julio de 2016 un convenio para el patrocinio por parte de Telefónica de los proyectos y las actividades derivadas del desarrollo del Programa de actuación vinculado a la mejora del servicio y atención al visitante y otros usuarios. Este convenio renovaba la condición de Telefónica como Benefactor del Museo del Prado y daba continuidad a la relación de colaboración iniciada en 2004, año en el que suscribieron un acuerdo para el Programa Prado.es para el desarrollo y mantenimiento del portal del Museo en Internet. Igualmente, en el año 2007 y 2012 se habían suscrito convenios para el Patrocinio del Programa de Atención al Visitante.

Segundo.

Que el 30 de septiembre de 2019 el Museo del Prado y Telefónica formalizaron una primera adenda al citado convenio para adecuar su contenido a lo estipulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y modificar parcialmente la naturaleza de la aportación inicialmente comprometida por Telefónica.

Tercero.

Que en el marco de dicha colaboración para mejorar el Programa de Atención al Visitante, el Museo del Prado ha detectado la necesidad de continuar perfeccionando determinados procesos de gestión para la atención al visitante, incluida la ampliación, mejora y extensión de la website del Museo.

Cuarto.

Que Telefónica, en su deseo de colaborar con la mejora por parte del Museo de dicho Programa, manifiesta su interés en continuar apoyando cualquier iniciativa que en este marco proponga el Museo del Prado y ofrece aportar en especie, como parte de su colaboración económica como Benefactor del Museo del Prado, parte de las cuestiones que el Museo del Prado necesita.

Quinto.

Que el Museo del Prado manifiesta su deseo de obtener parte de dicha aportación en especie.

Sexto.

Que estando vigente el compromiso de las partes en su desarrollo y continuación, las partes han decidido acordar su prórroga expresa para continuar con el proyecto, así como modificar el convenio que las partes firmaron el 27 de julio de 2016, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prorrogar el Convenio de 27 de julio de 2016.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en la letra h) punto 2.º del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cláusula tercera del convenio, el periodo de duración del convenio entre el Museo Nacional del Prado y Telefónica extenderá su vigencia por cuatro años adicionales.

Segunda. Modificación de la cláusula tercera «Vigencia y régimen económico» del Convenio de 27 de julio de 2016.

Las partes acuerdan que la cláusula tercera del convenio queda redactada como sigue:

Tercera. Mantenimiento del resto del clausulado del Convenio de 27 de julio de 2016.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 27 de julio de 2016.

Cuarta. Eficacia y validez de la presente adenda al Convenio de 27 de julio de 2016.

De acuerdo con el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes mediante su firma y su vigencia comenzará el día en que sea inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sea igualmente publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad las partes firman la presente adenda por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por Telefónica, S.A., doña Cristina María Fernández Gómez, Apoderada.–Por el Museo Nacional del Prado, don Miguel Falomir Faus, Director.

El presente Convenio ha sido informado favorablemente por los Servicios Jurídicos del Estado con fecha 3 de julio de 2020 y autorizado por la SGT del Ministerio de Hacienda con fecha 19 de julio de 2020.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.