resolucionVigente

Resolución de 21 de julio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre salario mínimo sectorial para el año 2020 derivado del V acuerdo estatal sobre materias concretas y cobertura de vacíos del sector cementero.

BOE-A-2020-9005·1 de agosto de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Acuerdo sobre el Salario Mínimo Sectorial para el año 2020 derivado del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero (V AEMCCV). Objeto principal: El objeto principal es registrar y dar publicidad al acuerdo alcanzado entre la patronal OFICEMEN y los sindicatos CC.OO. Construcción y Servicios y UGT-FICA, relativo al salario mínimo que deben percibir los trabajadores del sector cementero en el año 2020. A quién afecta: Afecta a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero. En otras palabras, afecta a las empresas del sector cementero representadas por OFICEMEN y a sus trabajadores representados por los sindicatos firmantes. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción del acuerdo en el registro correspondiente y su publicación en el BOE. Salario Mínimo Sectorial 2020: Se establece el salario mínimo sectorial para el año 2020 en 20.000€ anuales. Este incremento se basa en el análisis del consumo de cemento en los años 2018 y 2019 y en las disposiciones del V AEMCCV. Se garantiza este mínimo de 20.000€ anuales según lo estipulado en el acuerdo marco. Facultades: Se faculta a un representante de la patronal (Aniceto Zaragoza Ramírez) para realizar las gestiones necesarias para la notificación del acuerdo a la autoridad laboral. Firma: Se delega en un representante de cada organización la firma del acta de la reunión donde se alcanzó el acuerdo. En resumen, la resolución formaliza el acuerdo salarial alcanzado en el sector cementero para el año 2020, garantizando un salario mínimo de 20.000€ anuales para los trabajadores del sector.

Visto el texto del acuerdo, de 1 de julio de 2020, sobre salario mínimo sectorial para el año 2020, acuerdo derivado de lo dispuesto en el Título VII del V acuerdo estatal sobre materias concretas y cobertura de vacíos del sector cementero (código de convenio n.º 99100025082011), publicado en el BOE de 13-12-2017, y que ha sido suscrito, de una parte, por la organización empresarial OFICEMEN, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO.–Construcción y Servicios y UGT-FICA, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de julio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA REUNIÓN

Reunida la comisión negociadora del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero (V AEMCCV) el 1 de julio de 2020, a las 9:00 h, compuesta por:

OFICEMEN:

– Don Aniceto Zaragoza Ramírez.

– Don  Pedro Mora Peris.

Por CC.OO. Construcción y Servicios:

– Don Daniel Barragán Burgui

Por UGT-FICA:

– Don Juan Carlos Barrero Mancha.

Para establecer el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2020 de acuerdo con Título VII del V AEMCCV, se toman los siguientes acuerdos:

1. Según la estadística que contiene los principales datos del sector cementero, a diciembre de 2019, el consumo de cemento en el año 2018 alcanzó la cifra de 13.385.570 toneladas y en el año 2019 la cifra fue de 14.681.424 toneladas, lo que supone un incremento respecto a 2018 de 1.295.854 toneladas de cemento.

2. De acuerdo con el punto 1 del Título VII de V AEMCCV corresponde para el ejercicio 2020 un incremento del salario mínimo sectorial de 240€ fijos más 60 € correspondientes a la parte variable.

3. Dado que el salario mínimo sectorial del ejercicio 2019 se fijó en 19.450€ anuales, correspondería fijar el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2020 en 19.750 € anuales.

4. De acuerdo con el punto 1 del Título VII del V AEMCCV, «En el caso de que la evolución de este salario mínimo sectorial en 2020 no llegase a 20.000€ anuales, se garantizan estos 20.000 € en 2020». Por ello, se acuerda fijar el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2020 en 20.000€ anuales.

5. Igualmente se acuerda, facultar a don Aniceto Zaragoza Ramírez, para que en nombre de esta Comisión Negociadora realice cuantas actividades sean precisas a fin de llevar a cabo las gestiones que se precisen para su notificación a la autoridad laboral.

6. Delegar en un representante de cada organización la firma del presente Acta.

Sin más asuntos que tratar se levanta la reunión a las 10:00 horas del día indicado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.