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Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares.

BOE-A-2025-3558·22 de febrero de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 21 de febrero de 2025 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas marcas y presentaciones de productos de tabaco que se comercializan en las expendedurías de tabaco y timbre del área de Península e Islas Baleares. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a las expendedurías de tabaco y timbre, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en la Península e Islas Baleares. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de Precios: Se fijan los precios de venta al público, incluyendo todos los impuestos aplicables, para las labores de tabaco especificadas en la resolución. (Aunque el documento proporcionado no incluye la tabla de precios, esta es la esencia de la resolución). Fundamento Legal: Se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a publicar los precios propuestos por los fabricantes e importadores. Entrada en Vigor:** La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la resolución es un instrumento legal que regula los precios de venta al público de determinados productos de tabaco, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente en el mercado del tabaco en España.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área de Península y Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de febrero de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.