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Resolución de 20 de octubre de 2009, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2009, por el que se aprueba el Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear Exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA).

BOE-A-2009-17887·10 de noviembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Subsecretaría del Interior que publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear Exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA). Objeto Principal: El objeto principal es aprobar formalmente el Plan Director del PENCA, un plan de respuesta ante emergencias nucleares que puedan ocurrir fuera de la Central Nuclear de Almaraz. Este plan director establece las directrices y la estructura para la gestión de una emergencia nuclear, incluyendo la coordinación de recursos, la protección de la población y el medio ambiente, y la comunicación con el público. A quién afecta: Este documento afecta principalmente a: La población residente en las áreas cercanas a la Central Nuclear de Almaraz (Cáceres), ya que el plan define las medidas de protección y evacuación en caso de emergencia. Las autoridades y organismos responsables de la gestión de emergencias a nivel local, regional y nacional, incluyendo la Subsecretaría del Interior, el Consejo de Seguridad Nuclear, la Comisión Nacional de Protección Civil, y los cuerpos de seguridad y rescate. El Director del PENCA, quien es responsable de la implementación y actualización del plan. Disposiciones más relevantes: Aprobación del Plan Director: Se aprueba formalmente el Plan Director del PENCA, que se adjunta como Anexo al Acuerdo. Habilitación normativa y de desarrollo: Se faculta al Director del PENCA para modificar o actualizar el anexo del plan director, siempre que no altere las normas o criterios esenciales del Plan Básico de Emergencia Nuclear (PLABEN). También se le permite dictar disposiciones para la aplicación y desarrollo del plan. Derogación normativa: Se deroga el Acuerdo de Consejo de Ministros de 1990 en lo referente al Plan Director del PENCA, actualizándolo con este nuevo acuerdo. Entrada en vigor:** El Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, este documento formaliza la aprobación del Plan Director del PENCA, estableciendo el marco legal para la gestión de emergencias nucleares en el entorno de la Central Nuclear de Almaraz y asegurando la protección de la población y el medio ambiente en caso de un incidente.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 16 de octubre, acordó aprobar, previo informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear y de la Comisión Nacional de Protección Civil, a propuesta del Ministro del Interior, el Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear Exterior a la Central Nuclear de Almaraz,Cáceres (PENCA).

El citado Acuerdo prevé su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En su virtud, resuelvo:

Primero.–Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2009, por el que se aprueba el Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear Exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA), que se inserta a continuación de esta Resolución.

Segundo.–Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear Exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA), que se inserta como Anexo de su Acuerdo aprobatorio.

Madrid, 20 de octubre de 2009.–El Subsecretario del Interior, Justo Tomás Zambrana Pineda.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DIRECTOR CORRESPONDIENTE AL PLAN DE EMERGENCIA NUCLEAR, EXTERIOR A LA CENTRAL NUCLEAR DE ALMARAZ, CÁCERES (PENCA)

El vigente Plan Básico de Emergencia Nuclear (PLABEN), aprobado por el Real Decreto 1546/2004, de 25 de junio, y modificado por el Real Decreto 1428/2009, de 11 de septiembre, constituye la revisión del anterior PLABEN (aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de marzo de 1989).

Su aprobación supuso un proceso importante de revisión y adaptación de la planificación ante emergencias nucleares, que ha permitido, de conformidad con lo previsto en las disposiciones adicionales segunda y tercera del Real Decreto 1546/2004, la aprobación del Plan de Emergencia Nuclear del Nivel Central de Respuesta y Apoyo (PENCRA), mediante Orden INT/1695/2005, de 27 de mayo, y la aprobación, mediante resolución de 7 de junio de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, de las Directrices por las que se han de regir los Programas de Información previa a la población, de formación y capacitación de actuantes y de los ejercicios y simulacros de los Planes de Emergencia Nuclear, exteriores a las centrales nucleares de potencia.

Para completar el desarrollo normativo previsto en el citado Real Decreto 1546/2004, se hace necesario cumplir con lo recogido en su disposición adicional primera que establece que, los Plan Directores de los Planes de Emergencia Nuclear, exteriores a las centrales nucleares, se aprobarán por Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior, previa iniciativa de sus Directores respectivos, previo informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear y de la Comisión Nacional de Protección Civil.

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006 fueron aprobados aquellos Planes Directores de los Planes de Emergencia Nuclear, exteriores a las centrales nucleares, siendo publicados en el Boletín Oficial del Estado, por Resolución de la Subsecretaría de Interior, el 21 de julio de 2006. Sin embargo, por sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2008, este Acuerdo fue anulado por defecto de forma durante la tramitación.

Se hace, por tanto, necesario volver a aprobar cada uno de los Planes Directores para conseguir así el desarrollo que el PLABEN prevé.

El Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear, exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA) que se presenta, ha sido informado favorablemente por el Consejo de Seguridad Nuclear, en su reunión del día 23 de septiembre de 2009 y por la Comisión Nacional de Protección Civil, en su reunión del día 28 de abril de 2009.

En su virtud, previa iniciativa de sus Directores respectivos, a propuesta del Ministro del Interior, el Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de octubre de 2009, acuerda:

Primero. Aprobación del Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear, exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA).

Se aprueba el Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear, exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA), que se inserta a continuación del presente Acuerdo.

Segundo. Habilitación normativa y de desarrollo.

El Director del Plan de Emergencia Nuclear, exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA) podrá modificar o actualizar el anexo del plan director que no suponga alteración de las normas o criterios esenciales que establece el Plan Básico de Emergencia Nuclear, aprobado por el Real Decreto 1546/2004, de 25 de junio. Asimismo, podrá dictar las disposiciones oportunas para su aplicación y desarrollo.

Tercero. Derogación normativa.

Queda derogado el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 1990, por el que se aprueban los planes de emergencia nuclear de Burgos (PENBU), Cáceres (PENCA), Guadalajara (PENGUA), Tarragona (PENTA) y Valencia (PENVA), en lo referente al Plan Director correspondiente al Plan de Emergencia Nuclear, exterior a la Central Nuclear de Almaraz, Cáceres (PENCA).

Cuarto. Entrada en vigor.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.