resolucionVigente

Resolución de 20 de julio de 2018, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el anexo al Convenio de colaboración con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 20 de febrero de 2018.

BOE-A-2018-10500·25 de julio de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) que publica el Anexo I al Convenio de Colaboración suscrito con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU). El objeto principal del documento es formalizar la incorporación de un alumno en prácticas a la AIReF, en el marco de un procedimiento de concurrencia competitiva para el fomento de la formación e investigación en análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal. El documento afecta principalmente a la AIReF, a la UPV/EHU y al alumno seleccionado para realizar las prácticas. Las disposiciones más relevantes son: Incorporación del alumno: Se especifica el nombre del alumno seleccionado para realizar las prácticas en la AIReF. Condiciones de las prácticas: Se establece que el alumno desarrollará su actividad formativa según lo establecido en la Resolución de 12 de febrero de 2018 (que aprueba las bases de la convocatoria) y en el Convenio de Colaboración original. Obligaciones de la UPV/EHU: La universidad se compromete a informar al alumno sobre sus derechos y deberes como becario en la AIReF. Financiación: Se detalla la cantidad de 18.000 euros que la UPV/EHU recibirá para el abono de la beca del alumno, así como el sistema de pago, que se divide en un primer pago del 80% a la firma del anexo y un segundo pago del 20% restante una vez finalizado el convenio y justificada la aplicación de los fondos. En resumen, este documento legal formaliza la incorporación de un estudiante en prácticas a la AIReF, estableciendo las condiciones de dicha práctica, las obligaciones de la universidad y la financiación correspondiente.

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad del País Vasco/ Euskal Herriko Unibertsitatea han suscrito, con fecha 17 de julio, el anexo I al Convenio de colaboración de 28 de mayo de 2018 por el que se articula la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 27 de febrero de 2018), por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se incluye como anexo a esta resolución.

Madrid, 20 de julio de 2018.–El Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, José Luis Escrivá Belmonte.

ANEXO

ANEXO I

Al Convenio de colaboración suscrito el 28 de mayo de 2018 entre la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 27 de febrero de 2018)

En Madrid, a 17 de julio de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don José Luis Escrivá Belmonte, en nombre y representación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, nombrado Presidente mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 2014 (BOE de 22 de febrero de 2014) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto orgánico.

Y de otra parte, doña María Araceli Garín Martín, actuando como representante legal de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea en su función de Vicerrectora de Estudios de Grado y Postgrado.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente anexo I, y a tal efecto.

MANIFIESTAN

De acuerdo con lo establecido por la Resolución de 12 de febrero de 2018, de la Presidencia de la AIReF (BOE de 19 de febrero de 2018), por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a Universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal y lo acordado a través del Convenio de colaboración de 28 de mayo de 2018 (BOE de 21 de junio), y vista la selección definitiva de alumnos en prácticas en la AIReF realizada por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de colaboración, según consta en el acta de su reunión de fecha 11 de julio de 2018.

ACUERDAN

Primero.

La AIReF incorporará al siguiente alumno en prácticas:

Dicho alumno desarrollará su actividad formativa en las condiciones establecidas por la Resolución de 12 de febrero de 2018 y por el Convenio de colaboración, antes citados.

Segundo.

La Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea informará de manera expresa al alumno de los derechos y deberes que, como alumno en prácticas en la AIReF, le corresponde y que aparecen detallados en las cláusulas novena y décima del Convenio de colaboración suscrito.

Tercero.

La Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea recibirá la cantidad de 18.000 euros, que destinará al abono mensual de la beca del alumno seleccionado, conforme a lo establecido en la base 6 de la Resolución de 12 de febrero de 2018 y en la cláusula decimocuarta del Convenio de colaboración, de acuerdo con el siguiente sistema de pago:

– 14.400 euros a la firma del presente anexo. Esta cantidad se corresponde con el 80 % de la ayuda establecida para el alumno seleccionado.

– 3.600 euros correspondientes al 20 % restante, una vez concluido el Convenio de colaboración, en el momento de la liquidación, previa justificación de la aplicación de los fondos públicos recibidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la cláusula decimocuarta del Convenio de colaboración suscrito.

Madrid, 17 de julio de 2018.–Por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, María Araceli Garín Martín.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, José Luis Escrivá Belmonte.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.