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Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2026-3978·21 de febrero de 2026·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 20 de febrero de 2026 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas marcas y tipos de productos de tabaco que se venden en las Expendedurías de Tabaco y Timbre dentro del área del Monopolio en España. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre (estanqueros) y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de precios: La resolución fija los precios de venta al público, incluyendo todos los impuestos aplicables, para una lista específica de labores de tabaco. Estos precios han sido propuestos por los fabricantes e importadores. Ámbito geográfico: Se establecen precios diferenciados para la Península e Islas Baleares, por un lado, y para Ceuta y Melilla, por otro, reflejando las diferencias fiscales y de costes en estas regiones. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento legal: La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la potestad de regular los precios de venta al público de los productos de tabaco. En resumen, la resolución es un instrumento legal que actualiza y oficializa los precios de venta al público de determinados productos de tabaco en España, asegurando la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente en el mercado del tabaco.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 2026.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.