Visto el texto de las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo de la Industria del Calzado 2016-2018 (código de convenio n.º 99000805011981), que fue suscrito, con fecha 7 de febrero de 2017, de una parte, por la Asociación de Empresas de Componentes del Calzado (AEC), y por la Federación de Industrias del Calzado Español (FICE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por CC.OO.–Industria y FITAG-UGT, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de febrero de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Tablas salariales para el año 2017 del Convenio Colectivo de la industria del calzado 2016-2018
ANEXO 2 BIS
Tabla salarial de Reparadores de Calzado y Duplicado de Llaves.Tabla salarial 2017
Tabla I. Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte).
Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido).