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Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 13 de noviembre de 2012, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores.

BOE-A-2014-823·27 de enero de 2014·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 13 de noviembre de 2012, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores.

Advertidos errores en el II Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 13 de noviembre de 2012, en el BOE núm. 285, de 27 de noviembre,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En el Anexo 2, Tablas salariales para los años 2012, 2013 y 2014, del Grupo profesional 5, que incluye: 1. Auxiliar de servicios generales y 2. Empleado de servicios domésticos, han de ser sustituidas por las siguientes:

TABLAS SALARIALES 2012

2011 + 1 %

TABLAS SALARIALES 2013

2012 + 1,5 %

TABLAS SALARIALES 2014

2013 + 2,5 %

Madrid, 20 de enero de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Salario base mensual

× 14

Complemento específico

× 14

Bruto mensual

× 14

Bruto anual protección

Bruto anual reforma

Grupo Profesional 5

1. Auxiliar de servicios generales

775,68

192,07

967,75

10.859,52

13.548,5

2. Empleado de servicios domésticos

775,68

192,07

967,75

10.859,52

13.548,5

Salario base mensual

× 14

Complemento específico

× 14

Bruto mensual

× 14

Bruto anual protección

Bruto anual reforma

Grupo Profesional 5

1. Auxiliar de servicios generales

787,31

194,95

982,26

11.022,34

13.751,64

2. Empleado de servicios domésticos

787,31

194,95

982,26

11.022,34

13.751,64

Salario base mensual

× 14

Complemento específico

× 14

Bruto mensual

× 14

Bruto anual protección

Bruto anual reforma

Grupo Profesional 5

1. Auxiliar de servicios generales

807

199,82

1.006,82

11.298

14.095,48

2. Empleado de servicios domésticos

807

199,82

1.006,82

11.298

14.095,48

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.