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Resolución de 2 de septiembre de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos 001/0000064/2019, 001/0000066/2019 y 001/0000067/2019 interpuestos ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, y se emplaza a los interesados en los mismos.

BOE-A-2019-13387·20 de septiembre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España. El objeto principal de la resolución es doble: 1. Acordar la remisión del expediente administrativo correspondiente a los recursos contencioso-administrativos números 001/0000064/2019, 001/0000066/2019 y 001/0000067/2019, interpuestos ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta. Estos recursos fueron presentados por Asaja-Andalucía, Asaja-Sevilla, Asaja-Huelva, Asaja-Córdoba, Erilla Fruit, S.L., Agrobionest, S.L., Agro Jabonero, S.L. y SAT Costaluz. 2. Emplazar a los interesados en el mantenimiento del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, para que se personen en el proceso judicial. La resolución afecta principalmente a: Las organizaciones y empresas que interpusieron los recursos contencioso-administrativos (Asaja y las empresas mencionadas). Todas las personas físicas y jurídicas que se beneficien o puedan beneficiarse del Real Decreto 1462/2018, es decir, a los trabajadores que perciben el salario mínimo interprofesional y a las empresas que se ven afectadas por su regulación. El Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, que es el órgano judicial que tramita los recursos. Las disposiciones más relevantes son: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Se emplaza a los interesados en el mantenimiento del Real Decreto impugnado a personarse ante el Tribunal Supremo en un plazo de cinco días, de acuerdo con el artículo 116.2 de la misma ley. Este emplazamiento tiene como objetivo garantizar que todas las partes con interés legítimo en el resultado del litigio tengan la oportunidad de defender sus derechos. En resumen, la resolución es un acto de trámite necesario para la continuación de un proceso judicial contencioso-administrativo, cuyo objetivo es la impugnación del Real Decreto que fija el salario mínimo interprofesional para 2019. Busca asegurar que el Tribunal Supremo cuente con toda la información necesaria y que todas las partes interesadas tengan la oportunidad de participar en el proceso.

L. y SAT Costaluz, contra el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019. 2, sobre procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de cinco días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.

–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Gonzalo Giménez Coloma.

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