3 del Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 87/404/CEE, de 25 de junio, relativa a los recipientes a presión simples establece que por el Ministerio de Industria y Energía se publicarán, mediante resolución del centro directivo competente en materia de seguridad industrial, con carácter informativo, las referencias de las normas armonizadas así como las normas UNE que las traspongan, actualizándolas de igual forma. 3 del Real Decreto 1495/1991, de11 de octubre, anteriormente citado, los recipientes diseñados con arreglo a las mismas gozan de presunción de conformidad con los requisitos esenciales de dicho Real Decreto. En su virtud esta Dirección General resuelve disponer la publicación de las normas armonizadas en el ámbito de la Directiva 87/404/CEE sobre recipientes a presión simples, traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante Real Decreto1495/1991, de 11 de octubre, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea hasta la fecha.
3 del Real Decreto Decreto1495/1991, anteriormente citado. La presente Resolución sustituye y se deja sin efecto la Resolución de 28 de diciembre de 1999 de la Dirección General de Política Tecnológica (hoy Dirección General Industria), por la que se acuerda la publicación de la relación de normas armonizadas en el ámbito del Real Decreto Decreto1495/1991, de 11 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de adaptación de la Directiva del Consejo 87/404CEE, de 25 de junio relativa a los recipientes a presión simples. -El Director General de Industria, Jesús Candil Gonzalo.