Visto el texto de los acuerdos de prórroga y modificación del V Convenio colectivo de la empresa Avaya Comunicación España, S.L.U. (código de convenio n.º 90014072012008), publicado en el BOE de 15 de agosto de 2012, acuerdos que fueron suscritos, con fecha 21 de enero de 2020, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de prórroga y modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de marzo de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE AVAYA COMUNICACIÓN ESPAÑA, S.L.U.
En Madrid, a 21 de enero de 2020.
REUNIDOS
De una parte, y en representación de Avaya, Comunicación España, S.L.U. (en adelante, «la Compañía»), doña Andrea Ragazzi, don Javier Velasco y doña Rosella Silvetti interviniendo como Directora de recursos humanos.
De otra, y en representación de los trabajadores de la Compañía, formado por don Eduardo Carcedo, don Tomás Cabezas y don José Luis Rodríguez como delegados de personal del centro de trabajo de Madrid y don Jesús Amazares como delgado de personal del centro de Barcelona.
Reconociéndose ambas partes capacidad y legitimación al efecto y constituidas en Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Avaya Comunicación España, SLU (código de convenio n.º 90014072012008), y tras las distintas reuniones, negociaciones y contactos mantenidos en relación con la modificación parcial del mismo,
ACUERDAN
Previo.
1. Las referencias del presente acuerdo al «Convenio» se entenderán referidas al Convenio colectivo de Avaya Comunicación España, S.L.U. (código de convenio n.º 90014072012008).
2. El presente acuerdo únicamente modifica los artículos y materias expresamente referidos en el mismo. La vigencia de los acuerdos es la misma que el resto del convenio colectivo.
Primero. Prórroga del Convenio.
La vigencia del Convenio se prorrogará desde el 1 de octubre de 2019 hasta el próximo 30 de septiembre de 2023. Los efectos económicos pactados en los puntos tercero y sexto siguientes tendrán efectos retroactivos desde el 1 de octubre de 2019.
Segundo. Modificación del artículo 18 del Convenio.
El texto del artículo 18 del Convenio quedará íntegramente sustituido por el que sigue:
Tercero. Modificación del artículo 34 del Convenio.
El texto del artículo 34 del Convenio quedará íntegramente sustituido por el que sigue:
Cuarto. Modificación del artículo 35 del Convenio.
El texto del artículo 35 del Convenio quedará íntegramente sustituido por el que sigue:
Quinto. Modificación del anexo I.
Se elimina la referencia al permiso retribuido por alumbramiento de esposa, al quedar sustituido por el permiso de paternidad.
Sexto. Modificación del artículo 23 y del anexo II.
La referencia al 3% incluida en la redacción actual del artículo 23 se entenderá referida al 3,5%.
El anexo II quedará íntegramente sustituido por el texto que sigue:
Y para que conste, y cumplirlo de buena fe, las partes firman el presente acuerdo en Madrid el 21 de enero de 2020.–Por la Compañía, Javier Velasco, Rosella Silvetti y Andrea Ragazzi.–Por Representantes de los trabajadores, Eduardo Carcedo, Tomás Cabezas, Jose Luis Rodriguez y Jesús Amazares.