Visto el texto de las tablas salariales para el año 2015 del Convenio colectivo del sector recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias, (código de convenio núm. 99004345011982) que fue suscrito con fecha 17 de febrero de 2015, de una parte por las organizaciones empresariales Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER) y la Asociación Española de Recuperadores de Papel y Cartón (REPACAR), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de marzo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE RECUPERACIÓN Y RECICLADO DE RESIDUOS Y MATERIAS PRIMAS SECUNDARIAS
En Madrid y en los locales de FER, sitos en la calle Almagro, 22, 4.º, siendo las 10:00 horas del día 17 de febrero de 2015 se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias con la asistencia de las personas reseñadas, quienes tratan lo siguiente
Asistentes:
Construcción y Servicios de Comisiones Obreras:
Daniel Barragán Burgui.
Jesús Martínez Dorado.
Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores:
Antonio Moruno.
Rosa María Sampedro Rodríguez.
Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER):
Alicia García-Franco Zúñiga.
Asociación Española de Recuperadores de Papel y Cartón (REPACAR):
Cristina Afán de Ribera.
Se abre la reunión y se expone que el avance del PIB del 4.º trimestre publicado por parte del INE hace que la variación del PIB del año 2014 es inferior al 2 %.
En aplicación de los acuerdos adoptados en el artículo 12 del Convenio Colectivo se acuerda aplicar un incremento del 1% en todos los conceptos retributivos correspondientes al año 2015.
El importe de las diversas partidas económicas se enuncia a continuación. La nueva tabla salarial para 2015 se adjunta como anexo.
Complemento plus transporte: 2,28 euros.
Dieta diaria pernocta: 45,92 euros.
Dieta por uso vehículo particular, km: 0,26 euros.
Dieta por comida/medio día fuera domicilio: 11,74 euros.
Ayuda familiar: 14,94 euros.
Se acuerda delegar en Alicia García-Franco o Julio Lorente de la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje, de forma indistinta, para que puedan realizar todas las gestiones necesarias, incluyendo subsanaciones para el registro del presente acuerdo y para ello se les delega las facultades necesarias hasta su completo registro.
Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 10:30 horas, firmando en prueba de su conformidad todos los presentes:
Construcción y Servicios de CC.OO., Daniel Barragán Burgui y Jesús Martínez Dorado.–Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores, Antonio Moruno y Rosa María Sampedro Rodríguez.–FER-REPACAR, Alicia García-Franco y Cristina Afán de Ribera.
TABLAS SALARIALES 2015 1 %
Salario Base mensual
Plus Higiene mensual
Total mensual
Total anual
Grupo profesional Personal de Dirección:
Director/a Gerente
1.336,77
200,51
1.537,28
22.457,66
Director/a de área o departamento
1.203,35
180,50
1.383,85
20.216,29
Grupo profesional Personal Técnico y Titulado:
Titulado/a grado superior
1.230,22
184,53
1.414,75
20.667,70
titulado/a grado medio
1.203,35
180,50
1.383,85
20.126,29
Grupo profesional Administración:
Jefe/a de primera
1.052,95
157,94
1.210,89
17.689,52
Oficial/a de primera
903,86
135,58
1.039,47
15.185,22
Oficial/a de segunda
835,03
125,25
960,28
14.028,44
Auxiliar administrativo
775,36
116,30
891,66
13.025,99
Aspirante/a
570,20
85,53
655,73
9.579,35
Grupo profesional Personal de producción
0,00
Encargado/a general
1.052,95
157,94
1.210,89
17.689,52
Encargado/a
958,35
143,75
1.102,10
16.100,25
Oficial/a
852,89
127,93
980,82
14.328,52
Conductor/a de 1.ª
903,89
135,58
1.039,47
15.185,31
Carretillero/a-especialista
852,89
127,93
980,82
14.328,52
Conductor/a-especialista
852,89
127,93
980,82
14.328,52
Mecánico/a-especialista
852,89
127,93
980,82
14.328,52
Sopletista-especialista
852,89
127,93
980,82
14.328,52
Maquinista-especialista
855,45
128,32
983,77
14.371,59
Especialista
798,58
119,79
918,37
13.416,17
Peón/a
775,36
116,30
891,66
13.025,99
Aprendiz/a
645,04
96,76
741,79
10.836,71
Grupo profesional Personal subalterno:
Vigilante y/u ordenanza
797,80
119,67
917,47
14.403,04
Limpieza
775,36
116,30
891,66
13.025,99