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Resolución de 2 de junio de 2020, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 2935/2019 M, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima.

BOE-A-2020-6067·12 de junio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias que emplaza a interesados en el recurso contencioso-administrativo 2935/2019 M, interpuesto por la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones (APFP). El recurso se dirige contra la resolución que desestimó el recurso de reposición de APFP sobre la Orden de Servicio relativa al "deber Legal Parte de Lesiones". Afecta a quienes puedan tener interés en el procedimiento, otorgándoles un plazo de nueve días para comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Conforme a lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en relación con el Procedimiento Ordinario 2935/2019 M, instruido en base al recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones (APFP), contra la Resolución del Director General de Ejecución Penal y Reinserción Social de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias de 4 de octubre de 2019, por la que se acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto contra la Orden de Servicio de fecha 1 de julio de 2019 relativa al «deber Legal Parte de Lesiones», se procede por medio de la presente al cumplimiento del trámite de la notificación de emplazamiento a todos aquellos, que aparezcan interesados en el mismo, si a su derecho conviniera, disponiendo para ello de un plazo de nueve días, desde el día siguiente a la publicación oficial de la presente Resolución, ante el Órgano Jurisdiccional que lo ordenó.

Madrid, 2 de junio de 2020.–El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.