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Resolución de 2 de julio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de T-Systems ITC Iberia, SAU.

BOE-A-2020-7921·15 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de un acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de la empresa T-Systems ITC Iberia, S.A.U. La modificación consiste en la introducción de una Disposición Transitoria Sexta al convenio colectivo existente. El acuerdo de modificación fue alcanzado el 27 de abril de 2020 entre la dirección de la empresa y las secciones sindicales de CC.OO., UGT y USO, que representan la mayoría de los miembros de los comités de empresa y delegados de personal. La sección sindical de CGT no mostró su conformidad. A quién afecta: El acuerdo afecta a todos los trabajadores de T-Systems ITC Iberia, S.A.U. que estén cubiertos por el Convenio Colectivo. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Trabajo aprueba el acuerdo de modificación y ordena su inscripción en el registro correspondiente y su publicación en el BOE. Disposición Transitoria Sexta: Se introduce una disposición transitoria que suspende temporalmente, desde la fecha de la firma del acta (27 de abril de 2020) hasta el 31 de diciembre de 2020, el modo de determinación de la fecha de disfrute del Tiempo de Libre Disposición (TLD) establecido en el artículo 16.1 del Convenio Colectivo. El texto exacto de la Disposición Transitoria Sexta no se detalla en la resolución, pero se entiende que modifica temporalmente la forma en que los empleados pueden solicitar y disfrutar de su TLD. Autorización de Trámites:** Se autoriza a los abogados del despacho DWF-RCD a realizar todos los trámites necesarios para el registro y publicación de la Disposición Transitoria Sexta. En resumen, la resolución legal da validez y publicidad a un acuerdo temporal entre la empresa y la mayoría de los sindicatos para flexibilizar las normas sobre el disfrute del Tiempo de Libre Disposición, presumiblemente debido a la situación excepcional del momento (2020).

Visto el texto del acuerdo de modificación por el que se introduce una Disposición Transitoria Sexta en el Convenio Colectivo de la empresa T-Systems ITC Iberia, S.A.U. (código de convenio 90103362012019), publicado en el BOE de 3 de junio de 2019, acuerdo que fue suscrito, con fecha 27 de abril de 2020, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CC.OO., UGT y USO, que suman la mayoría de los miembros de los Comités de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de julio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA DE CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA T-SYSTEMS ITC IBERIA, S.A.U.

En Barcelona, a 27 de abril de 2020.

REUNIDOS

Representación Sindical:

Carlos Soriano Ibáñez (CC.OO.).

Manuel Manfredi Montesinos (CC.OO.).

Juan Carlos Portaz Galindo (CC.OO.).

José Carlos Hernández López (CC.OO.).

David Escrig Faure (UGT).

José Bañón Soriano (UGT).

Manuel Utrera Muñoz (USO).

Alex Álvarez Morales (CGT).

Jesús Sánchez Sánchez (CGT).

Oriol Rigola Díaz (CGT).

Representación de la Dirección:

Miguel Blanca Dieste.

Fernando Hidalgo Jiménez.

Jonathan Gil Mingorance.

Iniciada la reunión, las partes:

MANIFIESTAN

En el marco de la reunión de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de T-Systems ITC Iberia, S.A.U., se vuelven a reunir la representación de la Dirección de la Empresa y la representación sindical de las secciones sindicales de CC.OO., UGT, USO y CGT, en virtud de lo establecido en el artículo 86.1 del Estatuto de los Trabajadores disponiendo de la legitimación los artículos 87 y 88 para formar parte en la presente Mesa Negociadora Convenio Colectivo de la empresa T-Systems ITC Iberia, S.A.U., (código de convenio 90103362012019), que fue suscrito con fecha 19 de febrero de 2019, con la finalidad de proceder a una revisión parcial del mismo.

Por parte de la Empresa se procede a leer el acta de fecha 23 de abril de 2020. En dicha reunión se estableció que la Parte Social procedería a consultar su contenido con sus respectivos departamentos jurídicos:

– Por parte de CC.OO., UGT y USO manifiestan que una vez consultado con sus respectivos departamentos jurídicos, ratifican el contenido de los acuerdos contenidos en el acta de fecha 23 de abril de 2020.

– Por parte de CGT manifiestan que se mantienen en su posición y que no muestran su conformidad con los acuerdos contenidos en el acta de fecha 23 de abril de 2020.

En consecuencia, una vez ratificados los acuerdos por las secciones sindicales antes referidas, que representan la mayoría de la representación de la parte social y por parte de la Compañía, que también los ratifica, se elevan los acuerdos a definitivos. Dichos acuerdos son los siguientes:

ACUERDOS

Primero.

Dejar sin efecto de forma temporal el modo de determinación de la fecha de disfrute del Tiempo de Libre Disposición establecido en el artículo 16.1 del presente Convenio Colectivo, de forma que mientras dure la situación excepcional actual, y en concreto, desde la fecha de la firma de la presente Acta de Acuerdo y hasta el 31 de diciembre de 2020. De este modo se acuerda el establecimiento de una disposición transitoria sexta del Convenio Colectivo con el siguiente tenor literal:

Segundo.

Remitir a la Dirección General de Trabajo la adición de la disposición transitoria sexta al Convenio Colectivo de la empresa T-Systems ITC Iberia, S.A.U. para su inscripción, registro y publicación.

Tercero.

Asimismo, las partes autorizan expresamente a los abogados del despacho DWF-RCD, asesores jurídicos de la Empresa, para que realicen todos aquellos trámites que sean necesarios para el registro y publicación de la Disposición Transitoria Sexta del Convenio Colectivo de la empresa T-Systems ITC Iberia, S.A.U. a través de la herramienta REGCON, así como cualquier otra gestión o trámite que pudiera derivarse del referido trámite.

Se levanta la sesión a las 16:30 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los representantes de cada una de las partes negociadoras.

En representación Sindical, Carlos Soriano Ibáñez, Manuel Manfredi Montesinos, Juan Carlos Portaz Galindo, José Carlos Hernández López, David Escrig Faure, José Bañón Soriano, Manuel Utrera Muñoz, Alex Álvarez Morales, Jesús Sánchez Sánchez y Oriol Rigola Díaz.–En representación de la empresa, Miguel Blanca Dieste, Fernando Hidalgo Jiménez y Jonathan Gil Mingorance.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.