resolucionVigente

Resolución de 2 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 2004 adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

BOE-A-2005-3472·2 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que publica el Protocolo de 2004 adicional al convenio entre el Ministerio de Trabajo y la Comunidad de La Rioja, relativo a proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad. Este protocolo afecta a ambas administraciones y detalla la financiación conjunta de proyectos seleccionados para el ejercicio económico de 2004, especificando las aportaciones económicas de cada parte y los proyectos concretos a financiar en La Rioja. Se incluyen anexos con el desglose de la financiación por comunidades autónomas y los proyectos específicos para La Rioja.

Suscrito el Protocolo 2004 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Rioja, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 2 de febrero de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO

Protocolo 2004 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de proyectos del plan de acción integral para personas con discapacidad

En Madrid a 27 de diciembre de 2004

REUNIDOS

De una parte el Excmo. Sr. D. Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004 de 17 de abril (B.O.E. n.º 94 de 18 de abril de 2004), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1.999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 14).

Y de otra parte, la Excma. Sra. D.ª Sagrario Loza Sierra Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en virtud del Decreto de 14/2003 de fecha 7 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1997 Convenio de Colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de La Rioja, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983 de 25 de febrero que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales. Por otra parte, en la Ley 61/2003 de 30 de Diciembre de 2003, (B.O.E. n.º 313 de 31 de Diciembre), de Presupuestos Generales del Estado para 2004, y en la Ley 9/2003 de 19 de Diciembre (B.O.R. 30.12.03) de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2004 se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.-Que, el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquel para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes. Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por la Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan. Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial celebrada el día 17 de Junio de 2004 por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 16 de Julio de 2004 publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 195 de fecha 13 de agosto de 2004, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de cuatro millones novecientos cuarenta y cinco mil setecientos diez euros (4.945.710 euros) incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar. Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2.004, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de La Rioja y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta. Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de Colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1.997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja ambas partes Acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional», el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 30 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2.004, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I

La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la Cláusula Sexta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2.004 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación. Segunda.-Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de setenta y cuatro mil ciento ochenta y cinco euros con sesenta y cinco céntimos (74.185,65 euros). La Comunidad Autónoma de La Rioja, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50% aportando la cantidad de setenta y cuatro mil ciento ochenta y cinco euros con sesenta y cinco céntimos (74.185,65). La Comunidad Autónoma de La Rioja ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación. Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2.004, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el Anexo II.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, por delegación, la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familia y Discapacidad, Amparo Valcarce.-La Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales, Sagrario Loza Sierra.

ANEXO i

Proyectos Plan de Acción 2004

C.A. La Rioja

N.º

Denominación

Entidades

y provincia

Tipología proyecto

Financiación

Promoción derechos y bienestar

Atención sociosanitaria y personas con grave discap.

Apoyo a familias cuidadoras

Otros

C.A.

A.G.E.

Total

N.º

Usuarios

N.º

Usuarios

N.º

Usuarios

N.º

Usuarios

Servicio de atención diurna a personas con graves discapacidades

74.185,65

74.185,65

148.371,30

Total

174.185,65

74.185,65

148.371,30

ANEXO II

Plan de Acción Personas con Discapacidad 2004

CC.AA.

Tipología

Financiación

Promoción de derechos y bienestar

Atención sociosanitaria a personas con grave discap.

Apoyo a familias cuidadoras

C.A.

A.G.E.

Total

N.º

Usuarios

N.º

Usuarios

N.º

Usuarios

Andalucía

1,5

0,5

973.859,76

973.859,76

1.947.719,52

Aragón

171.368,85

171.368,85

342.737,70

Asturias

155.196,38

155.196,38

310.392,76

Baleares

558.007,67

95.501,66

653.509,33

Canarias

263.492,33

216.374,81

479.867,14

Cantabria

76.460,68

76.460,68

152.921,36

Castilla-León

398.959,03

377.456,59

776.415,62

Castilla-La Mancha

260.688,36

260.688,37

521.376,73

Catalunya

703.428,33

703.428,33

1.406.856,66

Extremadura

171.022,65

171.022,65

342.045,30

Galicia

413.708,64

413.708,64

827.417,28

Madrid

568.558,82

568.558,82

1.137.117,64

Murcia

259.658,32

146.195,19

405.853,51

La Rioja

74.185,65

74.185,65

148.371,30

Valenciana

492.246,52

492.246,52

984.493,04

Ceuta

24.728,55

24.728,55

49.457,10

Melilla

24.728,55

24.728,55

49.457,10

Total

16,5

48,5

5.590.299,09

4.945.710,00

10.536.009,09

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.